Gente tengo la siguiente duda....Trabajador fallece fines del 2007, la empresa en la cual trabajaba se negaba al pago de la indemnizacion art 248 LCT, hasta que en una audiencia concilian. Se acuerda el pago de una suma contado y el resto financiado. ( esto lo gestionaron con el abogado del Sindicato )
Firman el acta, OBVIAMENTE conformes con la propuesta, con la modalidad de pago y que nada mas tienen que reclamar...
En una charla informal con esta gente, les pregunto si cobraron el Seguro de Vida Obligatorio y me dicen que NO.
Pregunto : es viable reclamarlo, a pesar de la firma del acta ??
Si lo es.... el tiempo de prescripcion del reclamo es de tres años del momento del fallecimiento ??
Que me recomiendan en el caso que sea viable el reclamo intimar mediante CD ?
Bueno Gracias
Firman el acta, OBVIAMENTE conformes con la propuesta, con la modalidad de pago y que nada mas tienen que reclamar...
En una charla informal con esta gente, les pregunto si cobraron el Seguro de Vida Obligatorio y me dicen que NO.
Pregunto : es viable reclamarlo, a pesar de la firma del acta ??
Si lo es.... el tiempo de prescripcion del reclamo es de tres años del momento del fallecimiento ??
Que me recomiendan en el caso que sea viable el reclamo intimar mediante CD ?
Bueno Gracias