Hola! mi cliente hace un mes que se consideró despedido indirectamente, recientemente intimo a la empresa en los ter del art 80 para que le entregue los certificados de trabajo, a lo que en el ter de 48 hs, le respondieron que estaban a disposicion. El tema es que el antes habia intimado por la LE por falsa fecha de ingreso, y obviamente los certificados no van a reflejar la fecha correcta.
La verdad que no se que decirle a mi cliente, Debe ir a buscar los certificados? o directamente inicio SECLO y pido todo ahí? (por otro lado los necesitaria para tramitar el seguro por desempleo)
Gracias y saludos!!
La verdad que no se que decirle a mi cliente, Debe ir a buscar los certificados? o directamente inicio SECLO y pido todo ahí? (por otro lado los necesitaria para tramitar el seguro por desempleo)
Gracias y saludos!!