Hola a todos:
Quisera saber si alguien puede ayudarme... Tengo una señora que cumplio los 60 años en Noviembre del año pasado. Se que una de las alternativa seria esperar a poder compensar por exceso de edad...pero tambien me dijeron en AFIP y en ANSES que ella puede pagar al contado los periodos posteriores a Setiembre del 93, ya que la ley 24476 solo admite periodos hasta Setiembre del 1993, y asi poder liquidar en moratoria lo anterior, obviamente desde que cumplio los 18 años de edad, el tema es que no se como liquidarlo con intereses respectivos, lo posterior a set del 93, en AFIP me dijeron que lo haga en sicam, a traves de liquidacion de deuda parcial. Esto es asi?? Muchas gracias por la ayuda que birndan siempre. Saludos a todos!!!! Lore
Quisera saber si alguien puede ayudarme... Tengo una señora que cumplio los 60 años en Noviembre del año pasado. Se que una de las alternativa seria esperar a poder compensar por exceso de edad...pero tambien me dijeron en AFIP y en ANSES que ella puede pagar al contado los periodos posteriores a Setiembre del 93, ya que la ley 24476 solo admite periodos hasta Setiembre del 1993, y asi poder liquidar en moratoria lo anterior, obviamente desde que cumplio los 18 años de edad, el tema es que no se como liquidarlo con intereses respectivos, lo posterior a set del 93, en AFIP me dijeron que lo haga en sicam, a traves de liquidacion de deuda parcial. Esto es asi?? Muchas gracias por la ayuda que birndan siempre. Saludos a todos!!!! Lore