mi consulta es la siguiente vino una cliente a preguntarme sobre la posibilidad de acceder a una jubilación por invalidez...
y más allá de todos los datos que pueden necesitar para poder darme una respuesta más adecuada, lo primero que necesito saber es si el requisito siguiente es en todos los casos igual o las situaciones particulares se toman en cuenta tambien:
A partir del 23/02/97 se debe acreditar haber aportado como mínimo, de acuerdo al Decreto 136/97:
treinta (30) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación, para ser considerado "Aportante regular".
dieciocho (18) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación, para ser considerado "Aportante irregular".
Acreditar el mínimo de años de servicio exigidos en el régimen común o diferencial, en el que se encuentre incluido para acceder a las prestaciones de PBU – PC – PAP
Asimismo, será considerado Aportante Regular el afiliado en relación de dependencia o autónomo que acredite el mínimo de años de servicios exigidos en el Régimen común o diferencial, en el que se encuentre incluido, para acceder a las prestaciones (PBU - PC - PAP).
desde ya muchas gracias-
y más allá de todos los datos que pueden necesitar para poder darme una respuesta más adecuada, lo primero que necesito saber es si el requisito siguiente es en todos los casos igual o las situaciones particulares se toman en cuenta tambien:
A partir del 23/02/97 se debe acreditar haber aportado como mínimo, de acuerdo al Decreto 136/97:
treinta (30) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación, para ser considerado "Aportante regular".
dieciocho (18) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación, para ser considerado "Aportante irregular".
Acreditar el mínimo de años de servicio exigidos en el régimen común o diferencial, en el que se encuentre incluido para acceder a las prestaciones de PBU – PC – PAP
Asimismo, será considerado Aportante Regular el afiliado en relación de dependencia o autónomo que acredite el mínimo de años de servicios exigidos en el Régimen común o diferencial, en el que se encuentre incluido, para acceder a las prestaciones (PBU - PC - PAP).
desde ya muchas gracias-
Preguntando se llega a cualquier lugar. Será cierto???