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  • JUICIO A OTRO COLEGA

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Charlas de café. Hilo social y cualquier tema de interés o entretenimiento.
 #450065  por Dra. Ventura
 
Hola colegas!! Tengo un tema que ya es la segunda vez que me consultan lo mismo. Ayer, me llamo una conocida y me manifestó que necesitaba mis servicios para llevar adelante un juicio contra otro colega. Cual fue el daño ocasionado?: dejarle prescribir una causa laboral por despido y trabajo en negro. Hoy la cite, (al solo efecto que se deje de joder porque con conocidos no trabajo mas) y me cuenta que hace dos años, el abogado, le hizo firmar un poder (que tuve en mi mano y es real, no son alucinaciones de los clientes) y un pacto de cuota por el 20%, que también tuve en mi mano. No se si hice bien o mal, pero mi criterio es CONTRA COLEGAS NO. La verdad no le di detalles de ningún tipo y siempre trate de alivianar el tema....pero en el fondo me da vergüenza que tengamos colegas así. Me dijo que era la 5º abogada que consultaba y NADIE QUIERE TOMARLE EL CASO. Uds que harían..?? Demandarían a otro colega???
 #450123  por Maylu
 
Dra. Ventura escribió:Hola colegas!! Tengo un tema que ya es la segunda vez que me consultan lo mismo. Ayer, me llamo una conocida y me manifestó que necesitaba mis servicios para llevar adelante un juicio contra otro colega. Cual fue el daño ocasionado?: dejarle prescribir una causa laboral por despido y trabajo en negro. Hoy la cite, (al solo efecto que se deje de joder porque con conocidos no trabajo mas) y me cuenta que hace dos años, el abogado, le hizo firmar un poder (que tuve en mi mano y es real, no son alucinaciones de los clientes) y un pacto de cuota por el 20%, que también tuve en mi mano. No se si hice bien o mal, pero mi criterio es CONTRA COLEGAS NO. La verdad no le di detalles de ningún tipo y siempre trate de alivianar el tema....pero en el fondo me da vergüenza que tengamos colegas así. Me dijo que era la 5º abogada que consultaba y NADIE QUIERE TOMARLE EL CASO. Uds que harían..?? Demandarían a otro colega???
Mirá, yo le diría en todo caso que ella comience con la denuncia ante el Colegio de Abogados, creo que de esa forma, se estaría liberando un poco.
La verdad, hay que ser muy cautelosos, no es fácil probar la mala práxis....
Aguardá mas comentarios
Saludos
 #450134  por chiqui79
 
y la verdad no me parece, yo demandaria a otro colega por tener empleados en negro por ej, o por ejecucion de algun dinero que debe pero por esto que contas no.
Mira yo tuve varios casos de clientes que firmaron el convenio y el poder y luego le pedis una documentacion y no aparecen nunca mas a traerla, entonces como no se que le paso al colega, ni porque razon no inicio (quizas le pidio 50 pesos para gastos y no se los dio) directamente ni analizo este tipo de consultas.
ojo que yo tengo juicios contra otros colegas pero no daños. tengo juicios por ejecuciones y demas (donde me recontra aseguro que estan en incumplimiento), nada que lo afecte en su profesion en forma directa.
Mi opinion, espero te sirva para formar tu criterio.
 #450316  por DAL
 
Si el poder lo tiene ella, lo entregó?? o tiene copia?
El juicio no lo inicio?? asegurate.
Esta prescripto?? mirá que el CC tiene causales de interrupcion y suspension.
Ella fue a ver al colega?? que le dice? la versea?? Porque si el cliente te desaparecio y no te dejó la documental.
Hablaste con el colega?? que dice??
Luego de ello evaluo si lo tomo o no lo tomo.
Si hizo mal debe ser responsable, si no , no.
 #450398  por Master
 
Opino como DAL.
 #450492  por Doncella_de_Orleans
 
Cuando los clientes desaparecen sea uno patrocinante o apoderado se le envía una carta documento para que aparezca. "El cliente no vino más" no es excusa.
Le dejó prescribir? Entonces no inició.
 #450496  por DoctorPiccafeces
 
Hace algún tiempo leí un fallo de responsabilidad profesional donde a un abogado le endilgaban responsabilidad civil porque había aceptado el poder y existía un convenio de honorarios, pero en ese convenio se enumeraba la documental que el abogado había recibido para hacer una demanda que no hizo y que derivó en el daños por la pérdida de chance.

Esa enumeración de la documental fue la determinante de la responsabilidad del abogado, no se como habría salido ese juicio si el abogado no hubiera contado con eso en su poder, porque no es posible redactar una demanda y presentarla si el cliente no trae los elementos del juicio.

Respecto a lo de emplazarlo por CD, yo lo veo como una obligación del abogado que nace recién después de recibir la documental, antes de eso no existe una carga de trabajo concreta que el abogado deba hacer -porque no hay prueba para construir una demanda- y por la cual deba, eventualmente, notificar a su cliente de que no la va a hacer. O sea, no veo que haya que notificar al cliente la imposibilidad de concretar un trabajo que, de por si, resulta imposible.

Ahí discrepo respetuosamente con Donce.

Sería ver, en todo caso, si en alguno de los instrumentos que trajo el cliente surge enumerada la documental que le entrégó el cliente al abogado, en ese caso el colega está en el horno con papas.
 #450589  por Doncella_de_Orleans
 
Cómo le va Don Picca?

Yo lo veo así:

Si el cliente le dió la documental, no hay excusa para no haber iniciado y si tiene poder, con más razón no necesita al cliente para continuar de manera que la CD luego de recibida la documental no tendría sentido. Salvo que lo necesite para algún acto para el que no esté facultado.

Si el cliente no le dió la documental, con la CD lo emplazo a que me haga entrega de la documental a fin de poder iniciar las acciones para las que el poder me fue otorgado. Claro, si no me dió la documental no tiene un recibo donde conste que me la dió entonces me quedo tranquilo esperando que aparezca? :roll:

De hecho, estimo sería prudente dejar constancia respecto de si el cliente entrega o no la documental (y que cuando la entregue se le dará un recibo; de manera que de no contar el cliente con el recibo sepamos qué ocurrió).

Pregunto: y si alguien nos apoderara sin que tengamos conocimiento de ello???? :roll: :roll: :roll:

En este caso hay un PCL asi es que alli debe manifestarse la calidad de apoderado.
 #450592  por DAL
 
Por la forma que se hacen los poderes, es perfectamente posible, en mi jurisdicción, que a uno le firmen un poder sin que uno se entere. Uno le entrega al cliente un poder sin firma, el cliente va a tribunales y lo firma pero la copia se la dan a el. Si no la trae, nosotros no tenemos poder. Por eso digo que si tiene el original, es porque no lo entregó al abogado.
Pero creo que el pacto lo cocina,
 #450594  por Doncella_de_Orleans
 
DAL escribió:Por la forma que se hacen los poderes, es perfectamente posible, en mi jurisdicción, que a uno le firmen un poder sin que uno se entere. Uno le entrega al cliente un poder sin firma, el cliente va a tribunales y lo firma pero la copia se la dan a el. Si no la trae, nosotros no tenemos poder. Por eso digo que si tiene el original, es porque no lo entregó al abogado.
Pero creo que el pacto lo cocina,

Ah! vos decis esos poderes que se hacen en tribu, creo que para laboral solamente. Es cierto, con esos también puede ocurrir. Yo me refería a los otorgados por escritura pública. Desde que no hay necesidad de aceptarlos, bien pueden existir y uno no estar enterado :?
 #450598  por Doncella_de_Orleans
 
Doncella_de_Orleans escribió:
DAL escribió:Por la forma que se hacen los poderes, es perfectamente posible, en mi jurisdicción, que a uno le firmen un poder sin que uno se entere. Uno le entrega al cliente un poder sin firma, el cliente va a tribunales y lo firma pero la copia se la dan a el. Si no la trae, nosotros no tenemos poder. Por eso digo que si tiene el original, es porque no lo entregó al abogado.
Pero creo que el pacto lo cocina,

Ah! vos decis esos poderes que se hacen en tribu, creo que para laboral solamente. Es cierto, con esos también puede ocurrir. Yo me refería a los otorgados por escritura pública. Desde que no hay necesidad de aceptarlos, bien pueden existir y uno no estar enterado :?

Ah, "si él tiene el original es porque no lo entregó al abogado". :roll: Bueno, "el original"...he visto dos originales en este tiempo...lo que no sé es si en ese tipo de poderes es necesaria la firma del abogado, tal vez por eso se hagan dos originales...Si lo fuera y el cliente no la tiene es porque no se lo entregó...
 #450609  por DAL
 
Claro!!
Aca solo se firman DOS, uno queda en el protocolo del juzgado donde se firmó y otro se le entrega al poderdante, ese poder debe entregarse al abogado. No se firman más ejemplares, y en el expediente va el original o copia certificada asi que si el cliente tiene en su poder el original, es porque no lo entregó al abogado.
 #450613  por Doncella_de_Orleans
 
DAL escribió:Claro!!
Aca solo se firman DOS, uno queda en el protocolo del juzgado donde se firmó y otro se le entrega al poderdante, ese poder debe entregarse al abogado. No se firman más ejemplares, y en el expediente va el original o copia certificada asi que si el cliente tiene en su poder el original, es porque no lo entregó al abogado.
Juaaaa, los dos originales los ví en una carpeta del Estudio...
Bueno, el cliente podría hacer algo que mejor no digo para no dar ideas... :evil:
 #450617  por DAL
 
Talcualmente!!!!!! (Martes dixit)
 #450647  por Master
 
:mrgreen: