En un juicio en Pcia de Bs As voy por la actora en una pretención indemnizatoria. La contraria opuso excepción de prescripción, la conteste y el juez resolvio diferir su tratamiento hasta el momento de dictar sentencia y reanudar los plazos suspendido.
Es correcto que tenga que transitar todo el proceso cuando el mismo juez en su proveído anterior dice: "Surgiendo del escrito a despacho que la excepción opuesta es calificada como de previo y especial pronunciamiento,disponiendo la suspensión del plazo para contestar la demanda y atento lo dispuesto en el art 34 inc 1 del CCA "
Me conviene apelar esta resolución??
Es correcto que tenga que transitar todo el proceso cuando el mismo juez en su proveído anterior dice: "Surgiendo del escrito a despacho que la excepción opuesta es calificada como de previo y especial pronunciamiento,disponiendo la suspensión del plazo para contestar la demanda y atento lo dispuesto en el art 34 inc 1 del CCA "
Me conviene apelar esta resolución??