MATRKAXXL escribió:DISCULPEN QUE INSISTA, PERO AHORA QUE LO LEO, TENGO LA PRUEBA QUE EL TIPO (QUE EN OTRO POST LO ACUSÉ DE PAQUERO, YO CONOZCO PIBES QUE LE DAN AL PACO Y NO SON TAN ESTUPIDOS, ASI QUE RETIRO LO DICHO) ESTA TÉCNICAMENTE LOCO O AL MENOS ES UN 482 A LA CABEZA Y TODOS LOS PREMIOS. QUE ENSALADA MENTAL Q TIENE ESTE ANANCEFÁLICO: "......corresponde que se unifiquen las condenas o las penas -según el caso-; (QUE QUILOMBO ARMA ESTE TIPO ¿¿¿?????) HACE UNA SEMANA QUE ESTOY BUSCANDO LA DIFERENCIA ENTRE CONDENA Y PENA ....según sea el caso...-(QUE CASO...DAME UN CASO....ESTE NO SERÁ SOLER O NÚÑEZ)feragus escribió:Me parece que tenés que ser más precisa con los datos. Así es difícil decirte bien las cosas. Por ejemplo, cuál es el motivo por el que esta en Casación (o sea, los agravios que se plantearon respecto a la sentencia). El art. 58 del CP corresponde por ley, si una persona estaba cumpliendo pena por otra causa y resulta condenada en otra causa, corresponde que se unifiquen las condenas o las penas -según el caso-; luego habrá que tener en cuenta los tiempos sufridos en cada una de las causas (en caso de superposición de fechas se cuenta una sola vez) para saber cuánto tiempo cumplió respecto a la pena única que se le impuso. Por eso te digo que lo mejor sería que precisaras fecha de la condena de provincia, fecha del hecho y de la condena en federal, fecha de detención en provincia, si recuperó la libertad, etc. Fue declarado reincidente por el tribunal federal)(ME VOY A DORMIR, LO PREFIERO HACIENDO SUS "CHISTONTOS" QUE QUERIENDO DESANDAR SUS PROPIAS TORPEZAS.
SIGAMOS CON EL "ITER LÓGICO DEL PELOTUDEUS", "...luego habrá que tener en cuenta los tiempos sufridos en cada una de las causas. Y SI NO SUFRÍO SE C..DE RISA..???? NO VALE???? "DE LAS CAUSAS" LE MANDÓ EL TIPO...DE QUE - SEGÚN SEA EL CASO COMO PUSO EL AMIGO....- que diferencia hay ahora se suma, "causa" "condena" "pena". ACA SE CAE EL FORO DE LA RISA !!!..... luego habrá que tener en cuenta los tiempos sufridos en cada una de las causas (en caso de superposición de fechas se cuenta una sola vez) MANDÓ EL ART. 58 ????????....SIGUIO DICIENDO: "Por eso te digo que lo mejor sería que precisaras fecha de la condena de provincia, fecha del hecho y de la condena en federal, fecha de detención en provincia, si recuperó la libertad, etc. Fue declarado reincidente por el tribunal federal) BUENO fergaus, según tus indicaciones el tipo le dieron 9 años de condena unificada, se va en 2089???
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