Colegas...
EL primer caso que agarro y me cae ésto que no sé cómo encararlo. Cualquier sugerencia será tomada.
Les cuento:
Mi clienta es una persona de 50 años que está en tratamiento psicológico (razona como uan persona de 8 años), que as u vez fue declarada heredera en una sucesión, vivía con su hermana (también heredera, obvio), y ésta última la maltrataba psicológicamente, por lo tanto, una amiga de ella la aloja en su casa.
Vamos por partes:
Mi clienta vivió siempre con sus padres. Su hermana, plenamente capaz, se casó y se fue a vivir a otra casa.
Fallece el padre, se hace la sucesión ab intestato. Acerbo sucesorio: el Inmueble dónde vivía la familia (en Prov. de Buenos Aires); y se declara herederos a: la esposa (madre de mi clienta) por 50% Ganancial, a mi clienta un 25%, y a la hermana el otro 25%.
Luego, fallece la madre (2007). Todavía no se hizo la sucesión.
Además, pedí un índice de titularidad, y el Inmueble sigue estando a nombre del Padre.
Fallecida la madre, mi clienta queda sola en la casa, y la hermana (casada), junto con su marido, se van a vivir con ella.
Comienza el maltrato psicológico de la pareja a mi clienta: no le brindan alimentos (mi clienta tiene prob. psicológicos, no puede trabajar), la hacinan en una habitación muy chica, etc.
Por otro lado comienzan un SOLICITA INTERNACIÓN (asi es el expte) para que internen a mi clienta.
Asi las cosas, una miga de la familia, se da cuenta de la situación y se hace cargo de la enferma.
Entonces, me encuentro con:
1) el expte de la sucesión del padre, cuyo ultimo movimiento es un pedido de testimonio pues "el inmueble se habría vendido"(asi dice el escrito que presentó el abogado);
2) el expte de la internación, donde el último movimiento es que se libró (en 2007) un oficio a la Comisaría para que la lleven al Hospital para que de ahí la deriven (bah, para que "decidan", y la dejen internada);
(todo en Provincia)
Quién se acercó a mi es la amiga, que se hizo cargo de su cuidado porque la enferma estaba hacinada, mal alimentada, etc., y tiene intenciones de seguir cuidándola. Aunque por lo que entiendo, no tiene legitimación para iniciar la curatela.
Que piensan que debería hacer?
¿Presentarme en la sucesión denunciando la violencia doméstica y pidiendo la guarda provisoria a cargo de la amiga? En ese caso, ¿cómo lo haría?.
En la internación, ¿también debería presentarme?,¿para decir qué?
En ésos casos, y a sabiendas de que mi clienta no está bien psicológicamente, ¿lo harían por derecho propio?; porque habría que tener en cuenta que la amiga no tiene legitimación.
Obviamente, cualquier comentario se los voy a agradecer porque estoy en pel... tengo mil cosas en la vcabneza pero no sé qué es lo mejor, y encima es el primer caso que agarro, y tengo miedo de mandarme una macana.
Gracias, gracias gracias.....
EL primer caso que agarro y me cae ésto que no sé cómo encararlo. Cualquier sugerencia será tomada.
Les cuento:
Mi clienta es una persona de 50 años que está en tratamiento psicológico (razona como uan persona de 8 años), que as u vez fue declarada heredera en una sucesión, vivía con su hermana (también heredera, obvio), y ésta última la maltrataba psicológicamente, por lo tanto, una amiga de ella la aloja en su casa.
Vamos por partes:
Mi clienta vivió siempre con sus padres. Su hermana, plenamente capaz, se casó y se fue a vivir a otra casa.
Fallece el padre, se hace la sucesión ab intestato. Acerbo sucesorio: el Inmueble dónde vivía la familia (en Prov. de Buenos Aires); y se declara herederos a: la esposa (madre de mi clienta) por 50% Ganancial, a mi clienta un 25%, y a la hermana el otro 25%.
Luego, fallece la madre (2007). Todavía no se hizo la sucesión.
Además, pedí un índice de titularidad, y el Inmueble sigue estando a nombre del Padre.
Fallecida la madre, mi clienta queda sola en la casa, y la hermana (casada), junto con su marido, se van a vivir con ella.
Comienza el maltrato psicológico de la pareja a mi clienta: no le brindan alimentos (mi clienta tiene prob. psicológicos, no puede trabajar), la hacinan en una habitación muy chica, etc.
Por otro lado comienzan un SOLICITA INTERNACIÓN (asi es el expte) para que internen a mi clienta.
Asi las cosas, una miga de la familia, se da cuenta de la situación y se hace cargo de la enferma.
Entonces, me encuentro con:
1) el expte de la sucesión del padre, cuyo ultimo movimiento es un pedido de testimonio pues "el inmueble se habría vendido"(asi dice el escrito que presentó el abogado);
2) el expte de la internación, donde el último movimiento es que se libró (en 2007) un oficio a la Comisaría para que la lleven al Hospital para que de ahí la deriven (bah, para que "decidan", y la dejen internada);
(todo en Provincia)
Quién se acercó a mi es la amiga, que se hizo cargo de su cuidado porque la enferma estaba hacinada, mal alimentada, etc., y tiene intenciones de seguir cuidándola. Aunque por lo que entiendo, no tiene legitimación para iniciar la curatela.
Que piensan que debería hacer?
¿Presentarme en la sucesión denunciando la violencia doméstica y pidiendo la guarda provisoria a cargo de la amiga? En ese caso, ¿cómo lo haría?.
En la internación, ¿también debería presentarme?,¿para decir qué?
En ésos casos, y a sabiendas de que mi clienta no está bien psicológicamente, ¿lo harían por derecho propio?; porque habría que tener en cuenta que la amiga no tiene legitimación.
Obviamente, cualquier comentario se los voy a agradecer porque estoy en pel... tengo mil cosas en la vcabneza pero no sé qué es lo mejor, y encima es el primer caso que agarro, y tengo miedo de mandarme una macana.
Gracias, gracias gracias.....