Gcias Dr kolmillo, en este caso particular la empresa le dió el lugar de trabajo a la esposa del trabajador fallecido,(no tenia hijos de esta relación, sí una hija extramatrimonial),los familiares directos (madre y hnos)del trabajador consideran que hubo dolo (ni la emp. ni la ART respetaron las normas de Seg e Hig en el trab.), reformulo PREGUNTA: PUEDO ENTABLAR LA DEMANDA CONTRA LA EMPRESA Y LA ART, FIGURANDO COMO ACTORES: LA MAMA DE LA HIJA EXTR.(Ejerciendo la Patria Potest y en representación de su Hija) y LA MADRE DEL TRABAJADOR FALLECIDO? (En el caso de esta última es mi duda, desde yá Gcias doc, me justaria escuchar otras opiniones. de Misiones, Sldos).