A mi cliente la despidieron recientemente de su empresa. El tema es que le abonaron aprox el 80% en el momento y el saldo restante, le comunicaron que recien se lo harian efectivo con posterioridad a la firma en el Seclo, a lo que le recomende que mandarmos CD inmediatamente, reclamando el total. No obstante ello desde el Estudio de abogados de la empresa, me informan que esto es lo que usualmente realizan con el personal despedido. Que me recomiendan