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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #310915  por silva angela gladys
 
Colegas foristas, tengo un cliente que me vino a ver estando aún en actividad, pero con una importante incapacidad (por artritis reumatoidea) para que le gestione una pensión por incapacidad.Obviamente ya tuvo la junta médica y le reconocieron 74 % de incapacidad, la pensión está a punto de salir aunque los empleadores todavía no lo saben. Ahora bien, le dijeron los compañeros en el trabajo que teniendo 26 años no de puede ir sin algún tipo de indemnización, por la antiguedad "decile a tu abogada que lo negocio". Pregunta ingenua, es posible que esto sea "Posible"? y por otro lado, al otorgársele la pensión, no pierde la antiguedad. Los que me puedan contestar estoy super agradecida, porque no hace mucho que hago laboral. Estoy dando mucha lata no? Una última pregunta: Si un auxiliar docente que limpia mejor que en su casa fue picado por un insecto, limpiando el colegio, con una inflamación terrible que después se convirtió en un ematoma que le tomó del codo al hombro lo viene a ver la Emergencia y le dicen que puede ser ácido urico. Lo atiende la ART y lo tratan como accidente laboral ya está casi para el alta y recibe una carta de la Art diciéndole que no se lo considera accidente laboral en los términos LRT porque no es un acontecimiento " SÚBITO Y Violento"!!!!? tiene que solucionarlo la institución no? que ya pasó en contralor como acciente, porque a mi entender es UN ACCIDENTE: ES ASÍ ? GRACIAS POR SU ATENCIÓN AL QUE HABRA ESTE MJE. YO RECIÉN COMIENZO A HACER LABORAL
 #310955  por DAL
 
Para el primer caso, te recomiendo la lectura de los arts. 208 y siguientes. No te quiero adelantar el final de la pelicula.

Para el segundo, viste la carta????
La picadura de un insecto si puede caer dentro de la ley laboral, como accidente o enfermedad, hay que cuestionar este rechazo, mediante apelacion a la superintendencia de ART, con un formulario que ellos mismos te proveen. Lo que deberias ver si la dolencia es consecuencia de esta picadura, o de una enfermedad propia de la paciente.
 #311129  por dhabogada
 
Hola!! el primer caso q planteas, realmente me sorprende, porq si vos hablas de una pension por incapacidad de anses-RTI- como puede ser q se lo den si esta trabajando???? si lo primero q piden es certificacion negativa!!!!!!!! y se supone q tiene 74% de incapacidad'''!!!! y la indemnizacion es art. 247 LCT.
 #311210  por marielsg6
 
En el primer caso, ante un dictamen mèdico con tal porcentaje (es decir superior al 66%) tenes que denunciar que sufre una incapacidad absoluta y la indemnizaciòn esta prevista en el art. 212 parrafo 4 de la ley de contrato de trabajo Y EL LA DEL ART. 245 LCT ( no es media indemnizacion ,es indemnizacion completa) Suerte !
 #311213  por marielsg6
 
Perdon, me olvide de aclararte cuando te hable de denunciar, me refiero a MANDAR UN TELEGRAMA LABORAL DE MAS DE TREINTA PALABRAS AL EMPLEADOR NOTIFICANDOLE : Que mediante dictamen medico de fecha................ el trabajador padece una incapacidad el òrden del ... %, es decir absoluta, por ello se los intima a abonar la indemnizaciòn prevista en el art. 212 parrafo 4to. de la LCT (que remite al art. 245 LCT) en el termino de 72 hs. bajo apercibimiento de acccionar legalmente .-" De alli en mas se disuelve el vinculo y el trabajador no va mas a supuesto de trabajo .-
 #311404  por silva angela gladys
 
Quiero agradecerles a marielsg6 y dhabogada por la buena onda. Y por si tuvieran una consulta similar el caso del auxiliar docente hay un decreto del PEN que agrega una cap. a la LRT y se trata de la picadura de animales ponsoñosos. es accidente laboral y si deja secuelas hay que pedir incapacidad. Agradecida y a su disposición.
 #456981  por juanuko
 
Hola trabajo en relacion de dependencia, en marzo 2006 tuve una caida en el trabajo (primera vez) golpendome el rodilla; segun resonancia dice rotura ligamento lateral interno y rotura parcial ligamento externo. La art me hace tratamiento y reahabilitacion por 3 meses, no hay operacion luego me da el alta. firmando en disconformidad dicha alta pues aducia y presento dolores e inseguridad para trabajar y parcticar deportes.
No sabia nada de junta medica ni de mis derechos.
Mi pregunta es que puedo hacer, a prescripto mi accidente, como se que no hay incapacidad y si la hubiera cuales son los pasos a seguir. gracias
 #456983  por juanuko
 
juanuko escribió:Hola trabajo en relacion de dependencia, en marzo 2006 tuve una caida en el trabajo (primera vez) golpendome el rodilla; segun resonancia dice rotura ligamento lateral interno y rotura parcial ligamento externo. La art me hace tratamiento y reahabilitacion por 3 meses, no hay operacion luego me da el alta. firmando en disconformidad dicha alta pues aducia y presento dolores e inseguridad para trabajar y parcticar deportes.
No sabia nada de junta medica ni de mis derechos.
Mi pregunta es que puedo hacer, a prescripto mi accidente, como se que no hay incapacidad y si la hubiera cuales son los pasos a seguir. gracias
 #457739  por doctordoctor
 
silva angela gladys escribió:Quiero agradecerles a marielsg6 y dhabogada por la buena onda. Y por si tuvieran una consulta similar el caso del auxiliar docente hay un decreto del PEN que agrega una cap. a la LRT y se trata de la picadura de animales ponsoñosos. es accidente laboral y si deja secuelas hay que pedir incapacidad. Agradecida y a su disposición.
No te preocupes silvia, desde los inicios se le nota que le hace falta un buen pedazo. Su grado de histeria es directamente proporcional a la cantidad de telarañas que debe tener ahi abajo. Es un claro ejemplo de lo que no se debe ser en la vida.
Saludiños!!! muy interesante y novedoso lo de la picadura!!