Hola estimada Colega: yo te doy mi opinion al respecto, para mi el balcón pertenece a la vía publica, yo supongo que el consorcio tiene miedo que el vidrio que tu clienta puso se pueda caer y ocacionar algun daño a terceros o vecinos del mismo edificio, me explico, pasa que cuando hay daños por cosas caidas en la vía publica son solidariamente responsables, el consorcio sino prueba que intimó a hacer cesar en una situcion peligrosa, el dueño o guardían de la cosa, en este caso, el frentista o dueño de la unidad funcional de ese balcón y la municipalidad, entendes? como dijo otro colega, habria que ver los alcances de la carta documento, yo ni la hago gastar dinero contestando la cd, a mi entender, que saque el vidrio, explicales las consecuencias de tener eso puesto, si quiere que lo saque y sino, no problem, si explicale lo que puede pasar y, si quiere para quedarse mas tranquila, puede dejar constancia en una acta firmada por todos los copropietarios en la proxima reunion de consorcio, que el vidrio ha sido sacado, y que si vuelven a mandarles cd sin antes notificarle en las reuniones de consorcio sobre la prohibiciones, los gastos de los abogados y contestaciones, serán soportados por el resto de los consorcistas, bueno, es mi opinion espero te sirva de algo!
Dra. Gomez Carola