HOLA A TODOS. MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE. EN TRIBUNAL LABORAL DE PROVINCIA SALIO SENTENCIA A FAVOR DEL TRABAJADOR. EL JUZGADO PRACTICO LAS NOTICICACIONES POR CEDULA AL APODERADO DE LA DEMANDADA Y AL PATROCINANTE DEL ACTOR. LA CONSULTA ES SI PARA QUE QUEDE FIRME ES NECESARIO NOTIFICAR AL DOMICILIO REAL DEL DEMANDADO ? O SOLO CON QUE SE NOTIFIQUE AL APODERADO EMPIEZA A CORRER EL PLAZO PARA QUE QUEDE FIRME ? GRACIAS