Estimados, necesito hacerles una consulta. Tengo un cliente que el 19/02/07 hasta el 01/08/07 trabajo en una empresa totalmente en negro. Renunció, y se fue a trabajar a otra empresa hasta el 31/12/08, en la que estaba en blanco y con la que realizó un acuerdo conciliatorio en el seclo para el cobro de su indemnización. Luego con fecha 01/01/09 volvio a trabajar en la misma empresa anterior, esta vez en blanco. Y con fecha 5/11/09 la despiden. La pregunta es: puede reclamar todo el lapso primero en el que estuvo en negro en la empresa o la acción prescribio, debido a que ya transcurrieron los dos años que establece la LCT???
Desde ya muchisimas gracias!!! me sería de mucha utilidad algun comentario al respecto. Estoy muy perdida con el tema!!!
Saludos, Soldal
Desde ya muchisimas gracias!!! me sería de mucha utilidad algun comentario al respecto. Estoy muy perdida con el tema!!!
Saludos, Soldal