Hola foristas tengo un cliente que tiene una licencia psiquiatrica desde diciembre de 2008, en diciembre de 2009 termina el periodo de reserva de puesto. A el en julio le dan el alta, y por lo tanto intimamos para que asignen tareas, bajo apercibimiento de art 212 LCT, nos han contestado diversas cosas durante casi 2 meses,...que se reunirian con el medico tratante de mi cliente p/ saber si podia manejar maquinas, tomaba medicacion etc. Pero lo cierto es que todavia no hay respuesta. La pregunta es: lo doy por despedido ante silencio y no asignacion de tareas porq el mes que viene termina el plazo p/ nosotros