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  • OFICIO MAL CONTESTADO QUE PIDO???

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #462976  por Lions
 
Tengo un alimento, como no conociemoslos datos del padre alimentante que residia en otra ciudad, pedimos diligencia preliminares solicitando a una fuerza de segurida para que informe domicilio Nº de DNi y otros datos. Esta furza de seguridad contesta el domicilio del señor que debia alimentos. decido mandar carta documento a ese domicilio intimando al pago, es asi que el correo me informa q el domicilio es inexistente. LLamo a la fuerza de seguridad que me dice que infromaron mal. Para eso la Sra ya pago $40 por la carta doc y $100 por la redacion. Que puedo pedir. Sanciones a la fuerza de seguridad por complicidad, daños y perjuicios x el dinero gastado de una sra que reclama alimentos, que puedo hace sin abrir otro expediente. Desde ya muchas GRACIAS!!!
 #463028  por diegogvillamayor
 
tenes que pedir otro oficio para que vuelvan a informar si es que ellos en verdad informaron mal.
igual te conviene siempre CNE, anses y afip, las telefonicas, empresas de celulares y demas.
DAños y perjuicios, para mi no tiene sentido.
complicidad de la fuerza de seguridad??????????? menos todavia.
saludos.

Ahora si el Señor debe los alimentos es porque hay un convenio o una sentencia y en cualquiera de los dos casos hay un domicilio denunciado por este señor.
Tenes que notificar ahi, si no vive mas, es un tema de el, lo deberia de haber denunciado en el expt.
 #463315  por Lions
 
Si pero el oficio fue mal enviado, siendo con dolo o por simple culpa o negligencia el perjuicio esta causado a la Sra. mas tratandose de custiones de caracter alimentario y sobre toda la proteccion al niño. Ademas no existe convenio o una sentencia porque se trata de DILIGENCIAS PRELIMINARES para encontrar el domicilio del deudor alimentario y resulte que al mandar el oficio contestan mal. La carta doc rechazada dice domicilio desconocido y si es error del correro por q el domicilio tal vez si exista. y si es error del correro argentino QUE DEBO HACER??? IGUAL MUCHISIMAS GRACIAS CONTINUO ESCUCHANDO OPINIONES
 #463324  por diegogvillamayor
 
a ver aclaremos un par de cosas, hablas de deudor alimentario, y no de alimentante, por eso la confucion ya que entendi que habia deuda alimentaria, por lo cual sentencia o acuerdo.
Vos lo que queres hacer es notificar al alimentante para que comience a pasar una cuota alimentaria.
Lo de daños y perjuicios ya te lo dije, para mi no tiene sentido.
Lo mejor vuelvo a repetir es oficio a CNE, ANSES, AFIP telefonicas y celulares.
La contestacion de CNE la tenes en 7 dias, claro llendo vos y pidiendo el domicilio.
Policia siempre suele contestar con mucha demora.
Si tenes el domicilio denunciado por policia pedi notificar ahi bajo responsabilidad con cedula y listo, van a notificar, vos te cubris porque tenes esa direccion que denuncio policia, luego si esta mal notificado queda en el demandado en probarlo.

igual hace como quieras.


saludos.