Claudialo escribió:Estimado Penalista CBA, es un gusto dialogar nuevamente con Ud. Le cuento el delito que se le imputa a mi ahijado procesal es la autoría del abigeato agravado. Es decir existe indicios suficientes para presumir que tuvo dicha intervención. Ello lo obtiene la fiscalía a traves del testimonio de dos testigos. En consecuencia mi cliente fué detenido, se le tomó indagatoria y actualmente goza de excarcelación. Tiene 18 años y ningun antecedente penal previo.-
El hecho ocurrió en un campo -mi defendido era empleado de la victima en ese momento -en donde aparentemente-según los dichos de los dos únicos testigos habría hurtado 15 vacas. El hecho existió y las vacas fueron encontradas.El primer testigo -otro empleado -compañero de trabajo -quien era el único a cargo del establecimiento ganadero esa noche, de 17 años de edad, manifiesta que dejó a su compañero llevar los animales, habiendole pedido el imputado que no contare la situación, como recompensa le condonaría una deuda de $300 en mas o en menos con el. El otro testigo :El propietario del camión en donde se retiraron los animales dle campo-por ello abigeato agravado-, de 30 años de edad, quien estuvo esa noche en el lugar y manifestó haberle comprado dicha hacienda -en esas condiciones- a mi defendido. Es decir de noche, sin documentación, sabiendo que este era empleado, 18 años de edad...etc....
En virtud de estos dos testimonios, el unico imputado es mi defendido.
Este en su indagatoria, negó su participación, manifestó que los testigos tienen una situacion personal previa con el y los identificó como amigos. La fiscalía ahora cita nuevamente a estos testigos. Es mi preocupación que uno de los testigos -el de 17 años cambié su calidad de testigo a imputado, por el agravante que se le aplicaría a mi cliente en virtud del Art. 42 cuater del C:P.Conforme surge en el debate de este post.ESpero haber podido explicarle el caso, al menos entendible.Le envío un abrazo.-
Ahora me gusto el desafio pepsi!!!... haberr.... vamos a darle una media vuelta de tuerca a este tema a los fines de enredar las cosas para complicación de la fiscalia... pues sí seguimos viendo al hecho como una unidad delictiva... efectivamente puede que la fiscalía pretenda aplicar el agravante previsto en el polémico articulo... Pero antes de esto estimado Claudio, su cliente deberá aportar las vaquitas para el asado...
Le dejo las pistas necesarias para la estategia defensiva que yo aplicaría en su caso...En primer lugar le aconsejo que con buen pulso de cirujano, recorte el suceso delicitivo en cuestión, en tantas unidades delictivas independientes (una de otras) como persona interviniente tenga en el hecho, pues de esa forma... romperá con los principios de la participación criminal, que es en definitiva lo que lo está perjudicando en este momento...
Lo ayudo con una unidad delicitiva que puede aplicar, la más facil obvio, pues a esta hora de la noche no quiero pensar mucho... Yo veo un posible encubrimiento...como una posble unidad delicitva independiente...
C vemos colegaaaa...