Hola Foristas...!
Recurro a ustedes en esta oportunidad a ver si me puedo sacar algunas dudas.
Me llego un caso donde mi cliente es demandado por alimentos en Quilmes , le llega cedula con traslado de la demanda y fijacion de cuota provisoria.
Puede ser que algunos tribunales de provincia salteen la etapa previa...?
Tengo que contestar demanda , hay plazo..? el codigo no habla de plazo ni de contestacion solo habla de que pruebas podra aportar en la audiencia... Sin audiencia anterior ya le fijaron alimentos provisorios.., puede ser..?
Desde ya muchas gracias a quien me pueda ayudar.
Gracias a todos..!
Recurro a ustedes en esta oportunidad a ver si me puedo sacar algunas dudas.
Me llego un caso donde mi cliente es demandado por alimentos en Quilmes , le llega cedula con traslado de la demanda y fijacion de cuota provisoria.
Puede ser que algunos tribunales de provincia salteen la etapa previa...?
Tengo que contestar demanda , hay plazo..? el codigo no habla de plazo ni de contestacion solo habla de que pruebas podra aportar en la audiencia... Sin audiencia anterior ya le fijaron alimentos provisorios.., puede ser..?
Desde ya muchas gracias a quien me pueda ayudar.
Gracias a todos..!