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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #460252  por SOL DE OTOí‘O
 
Les comento que frente al ALTA MEDICA de la ART y habiendo pasado el tiempo sin que le determinen el porcentaje de incapacidad ni le reconozcan nuevos padecimientos que sufría el daminificado como consecuencia del accidente que no fueran reconocidos, me dirigí a la Comisión Médica. Ésta cito a la ART para que presenten la historia clínica del daminificado y 2 veces lo hizo concurrir a mi cliente para evaluarlo. Todo bien, esperamos el Dictamen final. Llegó el mismo pero no fijan porcentaje alguno sino que extienden la ILP obligando a mi cliente a que continúe con sus prestaciones supongo hasta que venza el plazo de 1 año (falta 1 1/2 aprox) Luego determinarán ILD eso dice el dictamen.
El drama es que la ART lo persigue a mi cliente para operarse, para analizar el otro daño, etc. Mi cliente no quiere saber nada porque al parecer quieren hacer todo por afuera. Digo esto porque en momento alguno lo plantearon en la Comisión Medica ni le notificaron fehacientemente nada
Pregunto: ¿PUEDE LA COMISION MEDICA EXTENDER LAS PRESTACIONES SIN DETERMINARLE LA INCAPACIDAD?
¿QUE PASA SI ENTRE LAS PRESTACIONES LO QUIEREN HACER OPERAR? ¿SE PUEDE A 1 MES DE CUMPLIRSE EL AÑO DEL ACCIDENTE?
Contesten, urgente, espero respuesta.
 #462927  por SOL DE OTOí‘O
 
Alguien que colabore, mi cliente sigue cumpliendo con lo que le manda la ART pero al parecer es para hacerle perder tiempo. va al médico y le dicen que no van a hacer nada. Supongo que debo esperar hasta el año para que la incapacidad tempioraria se vuelva definitiva pero me notificarán algo???? o debo presentarme en ese plazo ante la Comisión Médica nuevamente?
 #464477  por gardelarg
 
Presenta una comision medica planteando la divergencia en las prestaciones. Esta presentacion tiene que estar firmada por un medico, y que le haga un certificado medico donde informe que la patologia no es para operar
 #464570  por elnegociador
 
:shock: MIRA CONFORME LO QUE ENTIENDO EL ART 9 DE LA LRT HABLA EN PRINCIPIO DE UN CARACTER PROVISORIO DE 36 MESES Y LUEGO LA COMISION MEDICA LO PUEDE EXTENDER 24 MESES MAS, TODO HASTA QUE DICTAMINEN EL PORCENTAJE DE DISMINUCION DE LA CAPACIDAD LABORAL :D
 #465607  por chana
 
Hola a todos los foristas quiero preguntarles como hacen la presentación ante la ART, dado que mi papá sufre de enfermedades laborales y quisiera hacer el reclamo, pero es el primer caso que tengo de este tipo y no se que escrito se acostumbra a hacer, ni que documentación se acompaña, ya pedi cita con un médico legal para que de su dictamen, pero pido ayuda, pueden orientarme como hacer el escrito.. si tienen algun escrito que hayan presentado me lo pueden enviar por favor, muchas gracias mi mail es chana_smf arroba hotmail.com
sino por mensaje privado, muchas gracias y saludos a todos
 #465669  por MORGAN
 
Pueden extender el carácter provisorio de la incapacidad dependiendo de la expectativa del porcentual de la misma, si ésta es del 50% ó menos la extenderán hasta un año, luego se transforma en ILD, inc. 2º del art. 9 de la ley 24.557.
Si rehusa operarse la ART puede suspender las prestaciones.
 #465705  por DAL
 
SOL DE OTOí‘O escribió: El drama es que la ART lo persigue a mi cliente para operarse, para analizar el otro daño, etc. Mi cliente no quiere saber nada porque al parecer quieren hacer todo por afuera. Digo esto porque en momento alguno lo plantearon en la Comisión Medica ni le notificaron fehacientemente nada
Pregunto: ¿PUEDE LA COMISION MEDICA EXTENDER LAS PRESTACIONES SIN DETERMINARLE LA INCAPACIDAD?
¿QUE PASA SI ENTRE LAS PRESTACIONES LO QUIEREN HACER OPERAR? ¿SE PUEDE A 1 MES DE CUMPLIRSE EL AÑO DEL ACCIDENTE?
Contesten, urgente, espero respuesta.
Elo propio reclamo que hizo el propio trabajador seguramente cuestionó el ALTA y quzá la declaración de inculpable de ciertas dolencias. O no reconocimienot de tales como derivadas del accidente. La junta médica le dio la razón. La consecuencia es que la ART debe otorgar tratamiento. NO lo quiere?????? por que??? quizá haya discrepancia de las prestaciones necesarias y el trabajador tenga dictamen de distintas prestaciones para arribar a su recuperación. Si es así podés recurrir nuevamente a la comision medica y pedir las prestaciones que el medico del trabajador, fundadamente, recomienda, en divergencia con las de la ART.