Inicie un divorcio 214 inc. 2.. en la audiencia preliminar.. la demandada no se presenta estando notificada. concluimos la etapa previa y sale este proveido.
Sin perjuicio de que, conforme a lo normado por el artículo 837 del Código Procesal, la decisión sobre la continuidad de la Etapa Previa es del resorte exclusivo de V.E., informo que a los fines conciliatorios es necesario la comparecencia de ambas partes a las audiencias señaladas en la presente, motivo por el cual y dada la incomparecencia injustificada de la requerida y teniendo en cuenta el domicilio de la misma -Salta-, considero que debe hacerse lugar a lo peticionado en el acta que antecede.- Sin más que informar lo elevo a la distinguida consideración de V.E. (art. 836 del cuerpo legal citado).-
Visto lo peticionado en el acta que antecede, lo informado por la Sra. Consejera de Familia, dése por concluída la Etapa Previa (art. 837 del C.P.C.).-
Ahora como sigo?! que escrito debo presentar para impulsar el proceso? Graciasssss
Sin perjuicio de que, conforme a lo normado por el artículo 837 del Código Procesal, la decisión sobre la continuidad de la Etapa Previa es del resorte exclusivo de V.E., informo que a los fines conciliatorios es necesario la comparecencia de ambas partes a las audiencias señaladas en la presente, motivo por el cual y dada la incomparecencia injustificada de la requerida y teniendo en cuenta el domicilio de la misma -Salta-, considero que debe hacerse lugar a lo peticionado en el acta que antecede.- Sin más que informar lo elevo a la distinguida consideración de V.E. (art. 836 del cuerpo legal citado).-
Visto lo peticionado en el acta que antecede, lo informado por la Sra. Consejera de Familia, dése por concluída la Etapa Previa (art. 837 del C.P.C.).-
Ahora como sigo?! que escrito debo presentar para impulsar el proceso? Graciasssss