Hola, hay varios en el foro con la misma pregunta y dudas al respecto, para que lo aclaremos trascibo lo que pidieron Pietandrea. Nani y otros tambien han escrito sobre lo mismo:
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Pietrandrea escribió:en virtud de la Resolucion 62:Traten de hacer la respuesta lo mas sintética posible.Saludos Francisco.
los pencionados que cobren el beneficio por viudez, cuando el cuasante (muerto) haya muerto antes del 25 de octubre de 2006, puden jubilarse abonando solo la primer cuota de la moratoria.-
es asi?