Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Responsabilidad solidaria

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #468204  por firoe
 
Una empresa contrata un servicio de mensajería tercerizado. Uno de los motoqueros de la mensajería inicia reclamo por despido sin causa contra los propietarios de la mensajería y contra la empresa que le contratara el servicio. Esta última le pagaba los servicios a la mensajería, existen las facturas que así lo acreditan. Las cuestiones que se me presentan son:
1º) a la conciliación sólo se presenta la empresa que contrató el servicio y acompaña las facturas por el pago de los mismos. (yo soy la letrada)
2º) no fueron debidamente notificados los propietarios de la mensajería.
3º) la letrada de la actora, procuró cerrar la conciliación en esa instancia.

Si no están debidamente notificados todos los requeridos, se puede cerrar la conciliación?
Si los propietarios de la mensajería en pxma audiencia se presentan y reconocen que la relación laboral sólo existió con respecto a ellos, la actora debe desistir en su reclamo contra mis clientes?

Agradeceré a quién me ayude a pensar la cuestión
 #468221  por bogatavo
 
Hola,

Si los requeridos no se encuentran notificados no se puede cerrar la conciliación, para el caso fijate Dto. reglamentario 1169/1996 art. 6º.
Si los propietarios de la agencia reconocen la relación laboral no implica el deber del trabajador de desistir de los responsables solidarios, salvo que haya acuerdo concilatorio el cual será "sin reconocer hecho ni derecho". En todo caso el desistimiento del trabajador debe ser inequívoco, en todo caso ver art. 277 de la LCT. Ya que el desistimiento conlleva una renuncia, y esta es una facultad del trabajador y no un deber.
Espero te sirva , saludos
 #468234  por firoe
 
Gracias por tu ayuda.

Por lo que me decís, si en pxma audiencia no estuvieran debidamente notificados los dueños de la mensajería se debería fijar una nueva y no se podría cerrar la conciliación?

Gracias, otra vez
 #468347  por Romina34
 
Mira yendo por la empresa que contrato los servicios, te recomiendo que rastrees por cielo y tierra al proveedor de tu cliente para que se presente. Asumo que la relación comercial esta vigente, por lo cual sabrán como ubicarlos y denunciar el correcto domicilio.
Tal como te respondía el otro colega, aunque la mensajería se presente y reconozca la relación, no implica que el trabajador desista de tu cliente. Salvo que haya acuerdo en la instancia de conciliación donde la mensajería asuma pagar el monto del arreglo, entonces vos podes pedir que se desista de tu cliente.
Pero si la mensajería no aparece, aun en el caso que quede bien notificada, el juicio podría seguir siempre contra ambos, tu cliente y el proveedor. Y por la responsabilidad solidaria (ya sea del art. 29 o 30 LCT) tu cliente podría verse obligado a pagar la eventual condena.
De llegar a juicio vos debería encuadrar en un supuesto del art. 30, y en ese caso, fijate que tu cliente haya hecho los controles que fija el art. 30, siempre que los servicios de la mensajería estuvieran vinculados al giro de tu cliente.Aunque hay salas que dan la solidaridad aún en casos de servicios (por parte del proveedor) accesorios, por ejemplo, empresa de limpieza en una empresa de telefónía.
Espero que te sirva.
Saludos,