No sé cómo proceden ahora, que las DDJJ se presentan por internet, pero hace cosa de seis, siete años la AFIP-DGI denunciaba sin determinación de oficio (!), solo en base a las DDJJ rectificativas presentadas por el contribuyente (con disquette y soporte papel) luego de las fechas originales de vencimiento y de previas "labores de auditoría" por parte del organismo.
Y no pocas veces la causa penal no comenzaba con una citación, sino con una orden de allanamiento y secuestro, porque la AFIP-DGI la solicitaba como una medida precautoria.
Ahora, pasaba que se oficiaba a la AFIP-DGI para que presentara en la causa las DDJJ originales presentadas por el imputado contribuyente, y no las encontraba, lo que daba pie al sobreseimiento
Pero eso era antes, ahora que es todo por internet, esa defensa no va más, supongo.
cdiriarte escribió:Pero tambiñen me dijo que aún habiéndose dado inicio a la acción penal, el contribuyente podría abonar los conceptos adeudados pagando los intereses moratorios y compensatorios y/o cualesquiera otros que el organismo de control establezca.
Eso es para los casos de evasión simple (arts. 1º y 7º ley penal trib.), y solo por una vez, la acción se extingue si el imputado acepta la liquidación y regulariza su situación en forma incondicional, antes del requerimiento de elevación a juicio (art. 16).
Saludos.