Caso que me derivan. Una persona intima a su empleador para la regularización de su contrato (totalmente en negro). Lo hace en los términos de la 24013 y el único apercibimiento que impone es el del art. 15 LE. Es decir, nunca se consignó el apercibimiento de darse por despedida y accionar. Este TCL se notifica, los destinatarios guardan silencio y remite un último TCL dándose por despedida dado el silencio referido (no hace efectivo ningún apercibimiento). El TCL de despido es devuleto al remitente dado que no fue retirado de la sucUrsal del correo, y no se reiteró el envío. Al SECLO ninguno de los 3 reclamados comparece a ninguna de las audiencias (vaya uno a saber a qué domicilio notificaron la 2da. audiencia bajo responsabilidad). La consulta es: frente a esta situación ¿cuán factible es el rechazo de la dda. por la no imposición de apercibimiento inicial? MUCHAS GRACIAS.-
Me encanta cuando un plan se concreta...