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  • PREGUNTA PROCESAL SOBRE DIVORCIO

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #468541  por lalo
 
hola, les cuento inicie un divorcio contradicctorio posteriormente lo convertimos y la contraparte desistio no presentandose a la segunda audiencia del 236,, a lo que no me quedo otro camino de solicitar sentencia donde fue condenada en costas la contraparte ee intentar una nueva accion..
Ahora estoy iniciando esta nueva accion y me surge la siguiente duda:
Si inicio un divorcio por la causal objetaviva ( trascurso del tiewmpo) existe la posibilidad de reservarme el derecho a una causal subjetiva, para el caso de que la contra parte me recovenga por una causal subjetiva,,?????
La misma pregunta de otra forma: divorcio causal objetiva , me reconvienen al contestar, la unica alternativa que tendria seria contestar y negar la reconvension,,, en este instancia podria en la demanda reservarme la posibilidad de que en el supuesto de que se reconvenga yo intentar loi mismo,,,
Trate de ser lo mas claro posible , GRACIASSS
 #468549  por kantaclaro
 
Si tenés pruebas para la subjetiva por que no ir por ella?. Saludos
 #468716  por federic0
 
lalo escribió: podria en la demanda reservarme la posibilidad de que en el supuesto de que se reconvenga yo intentar loi mismo,,,
Trate de ser lo mas claro posible , GRACIASSS
Sí, podés... Saludos.
 #468732  por federic0
 
JUICIO DE DIVORCIO-SEPARACION DE HECHO-RECONVENCION-INTERPRETACION RESTRICTIVA
Si bien, en principio, no le está permitido al actor reconvenido
introducir al pleito nuevas pretensiones a través de una vía
análoga a la utilizada por el accionado, la jurisprudencia y la
doctrina, en algunos casos
de extrema conexión, lo han admitido. Así en un juicio de
divorcio fundado en la causal objetiva de separación de hecho sin
voluntad de volver a unirse, reconvenido el accionante por una
de las causales subjetivas, debe permitírsele deducir su
reconvención por divorcio causado.-
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL , CAPITAL FEDERAL
Sala D (MERCANTE)
C., R.V. c/ C., M.N. s/ DIVORCIO VINCULAR
SENTENCIA del 16 de Noviembre de 1995
 #469075  por Carmen Susana
 
A deduce demanda por divorcio vincular por la causal objetiva 214 inc. 2 CC, B contesta la demanda y reconviene por causal subjetiva, se corre traslado a A y éste contesta la reconvención y a su vez reconviene, se denomina "Reconventio reconventionis"
 #469304  por cucky58
 
V HAGO RESERVA
Manifiesto a V. S. que en post de preservar el buen nombre y honor de las partes y evitar dolores innecesarios a estos esposos, es mi intención no controvertir en esta presentación las cuestiones que dieron lugar a nuestra separación. Sin embargo para el hipotético caso que la actual demandada reconviniere, hago expresa reserva de proceder a la reconvención de la reconvención por la actora.
Este se llama Reconventio reconventionis