En derecho laboral lo que importa es la verdad material y no las proposiciones de las partes (no es civil, o sino ese error lo pagas con sangre)
Yo denunciaria el error material, alegaria que igualmente la intimacion a pesar de referirse a otra persona el hecho relevante en si es la negativa de trabajo dada por la parte empleadora (que sea uno u otro empleador no va a cambiar ese hecho en si, que es el causante de la ruptura del vinculo) y que al caso la parte empleadora (sea juan o pascual) es una sola a la vista del empleado, por lo que la negativa dada por un empleador basta, aun si se equivocaste al decir cual de los dos era y por otro lado el empleador que si le nego tareas conoce ese hecho y no puede valerse de un error formal para ocultar la verdad de los hechos los que, reitero, son por él conocidos.
Ahora bien, lo que va a definifir el resultado no es el error en si en el TCL sino la testimonial, si los testigos afirman que el empleador presente al momento del hecho si le nego tareas a su empleado ya tenes la injuria probada asi sea que hayas denunciado a otro empleador como causante de esa injuria. Y al caso supongo que en el intercambio telegrafico la contraria denuncia la inexistencia de la negativa de tareas, por lo que si se la probas con testigos les dejas "en calzoncillos" con sus argumentos y el error formal relativo a quien causo la injuria no altera la realidad del hecho que si paso.
Si o si tenes que denunciar el error porque es la unica manera en que VS va a admitirte probar algo diferente a lo denunciado en el TCL, acordate que en derecho laboral el juez tiene facultades instructorias y si considera que hay algo que no le quede claro puede preguntar libremente sobre eso, si le generas la duda sobre el error material lo va a investigar y querra llegar a la verdad de los hechos y la testimonial sera la que defina. Si no decis nada pues no lo hara.
Cuando una multitud de cuervos rodeaba al cliente al grito de "que pague!, que pague!", se hizo presente el señor y dijo "el que este libre de inflar una liquidacion, que arroje la primer calculadora"