Estimados colegas:
Se me presenta lo siguiente: Mi cliente, en el año 86 tramito el divorcio con un abogado del patrocinio gratuito, su conyuge por ese entonces opto por una abogado particular. Cuando se dicta sentencia, al abogado de mi cliente no le regularon honorarios por ser del patrocinio gratuito municipal, pero al letrado de la otra parte si. Hete aqui, que su ex conyuge jamás cumplió con su obligación de pagar esos honorarios, y mi cliente se vió imposibilitada de inscribir el divorcio.-
Me presento en el expte después de casi 13 años y solicito la inscripción y el juzgado me despacha que debe previamente pagarse los honorarios regulados en el expte. Pero los unicos regulados son los de la contraria.-
Me comentaron que existe lo que se llama inscripción unilateral, pero no encontre jurisprudencia relativa, si alguno me puede dar una mano, agradecida.-
Se me presenta lo siguiente: Mi cliente, en el año 86 tramito el divorcio con un abogado del patrocinio gratuito, su conyuge por ese entonces opto por una abogado particular. Cuando se dicta sentencia, al abogado de mi cliente no le regularon honorarios por ser del patrocinio gratuito municipal, pero al letrado de la otra parte si. Hete aqui, que su ex conyuge jamás cumplió con su obligación de pagar esos honorarios, y mi cliente se vió imposibilitada de inscribir el divorcio.-
Me presento en el expte después de casi 13 años y solicito la inscripción y el juzgado me despacha que debe previamente pagarse los honorarios regulados en el expte. Pero los unicos regulados son los de la contraria.-
Me comentaron que existe lo que se llama inscripción unilateral, pero no encontre jurisprudencia relativa, si alguno me puede dar una mano, agradecida.-