No te entiendo con "aquí concluye la disgresión".
Tengo entendido que el 33.1 para la fecha que mencionas no tenía reglamentación, fue recien en el 2007. (más a tu favor)
Igual espero que lo siguiente te pueda servir de "ladrillo" en tu defensa:
Un saludo.
"Base APOC" (apocalipsis)
Escribe: Escribe Luciano Antonio Pavan
La página oficial de la AFIP, en Internet, a manera de prevención y para conocimiento del público en general, publica los contribuyentes que emiten facturas apócrifas. Quien está por adquirir un producto o contratar un servicio, sabe de antemano que el organismo podrá impugnar el comprobante de pago que está por recibir si el vendedor o proveedor se encuentra en esa base, conocida como "base APOC". Esa es información "oficial" del gobierno argentino y puede ser consultada desde cualquier punto del planeta.
Quien consulta la "base APOC" supone que los que en ella figuran son realmente emisores de comprobantes apócrifos, y hasta el más profano en derecho da por sentado que esos contribuyentes han sido objeto de un proceso con todas las de la ley (que han sido acusados, se han defendido y han sido condenados). Lamentablemente eso no es así, la mayoría, por no decir la totalidad de los que figuran en la base, nunca han sido sometidos a un proceso, ninguna autoridad ha declarado que sus facturas son apócrifas.
A contrapelo de lo que se entiende por derecho, estado de derecho, debido proceso o sentido común, la base en cuestión no ha sido creada por ley, norma, reglamento o acto administrativo "no existe formalmente", tampoco hay una norma de procedimiento indicando su funcionamiento. Pero esto no es todo, ni el delito ni la sanción han sido establecidas por ley.
Hasta donde se sabe (confesión de funcionario), la base fue creada para uso interno, en ella se cargan los "sospechosos" de emitir comprobantes dudosos y son considerados así los que, por ejemplo, no son ubicados por el organismo en el domicilio fiscal (pieza postal devuelta). Alberto M. Gorosito de alguna manera lo confirma al mencionar que en una determinación de oficio, un juez administrativo reconoció que la "base APOC" es de carácter experimental, ya que no existe ningún tipo de norma legal o reglamentaria pronunciada por el Poder Ejecutivo Nacional o por la AFIP que disponga la publicación de los datos incluidos en esa base(1).
Figurar en la "base APOC" es una sanción, un castigo. El desdichado contribuyente está "condenado" a no trabajar, ¿quién le comprará?, importa una tacha social y comercial gravísima, toda vez que es el mismo gobierno quien públicamente lo rotula de emisor de facturas apócrifas. ¿Quién le dará crédito?
Nada menos que la Constitución Nacional ordena que en la Argentina nadie puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, que es inviolable la defensa en juicio(2) y, según las leyes, la AFIP sólo puede aplicar sanciones por medio de los jueces administrativos, previo dictamen jurídico y observando el debido proceso legal(3) y lo debe hacer con una resolución fundada(4) . Nada de esto sucede con la "base APOC", su existencia va mucho más allá de no respetar garantías constitucionales o violar derechos como el principio de legalidad, el debido proceso o el derecho a trabajar(5) . El fisco, al afirmar públicamente que los contribuyentes son delincuentes, los condena sin juicio previo cometiendo de esta manera un ilícito y causando daño a ciudadanos inocentes, pues, de acuerdo con nuestra Ley Suprema, deben ser considerados así (inocentes) hasta que una resolución los declara culpables.
Urge remover ya la "base APOC", su existencia es un monumento al autoritarismo y arbitrariedad, desconoce, niega y viola garantías y derechos esenciales consagrados expresamente en la Constitución, afecta la seguridad jurídica, distorsiona el comercio y nos presenta al mundo como un país nada serio.
1) "Facturas apócrifas: ilegalidad del sitio APOC de la página Web de la AFIP" - Práctica Profesional 2007-43, 40 - "La Ley".
2 )Art. 18, Constitución Nacional.
3) Decreto 618/97.
4) Ley 19.549.
5) Quien figura en la "base APOC" se ve privado de trabajar, nadie le comprará sus productos o servicios porque está tachado de delincuente
AFIP le da una mano. (para hundirlo)