Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Gastos administrativos por Embargo de Sueldos

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #471339  por DraMonica
 
Estimados Colegas,

Se me plantea una duda respecto de los gastos que tiene que abonar el empleador, por la gestión de depósitos en en los expedientes por embargo de sueldo de sus empleados. Existe alguna normativa que diga que esos gastos corren por su cuenta o la del empleado???
Tengo un caso en el que a un cliente, le llego un embargo para uno de sus empleados, y por el sueldo le da a pagar cuotas de $20, que por la suma a embargar, debería pagar durante 5 años. El tema es que mi cliente no va a ir todos los meses a realizar el depósito y menos a presentarlo en el expediente, además es en una juridicción lejana. Entonces si lo hago yo, le corresponde pagar honorarios, y el quiere descontarlo a su empleado. Entiendo que no puede hacerlo, porque es una carga del empleador, pero me gustaría contar con opiniones.

Gracias.
 #471577  por ricardito21
 
No te puedo dar argumentos fundados en derecho, pero tratándose de una carga del empleador, no veo la posibilidad de que cobre a su empleado los gastos que acarrea el cumplimiento de aquella. Se me ocurre pensar la posibilidad de que se efectúe mediante transferencia bancaria; en tal caso, habría que consultarlo con el Tribunal que ordenó el embargo y ver si ello reduce los costos.
 #472604  por Romina34
 
el empleador le guste o no debe proceder al embargo y pagar las correspondientes cuotas, de acuerdo al monto embargado y el tiempo que le lleve alcanzarlo, es una carga para él que por mas lejos que le quede no hay alternativas, es un juez el que se lo requiere!... además no podría cobrarle nada al empleado...
no creo que se puedan hacer por transferencia bancaria, los oficios siempre indican en que banco se deben hacer (Nacion o Pcia) a la cuenta del jdo y como pertenecientes a los autos, donde harían a la transferencia? a que cuenta?... mmm no lo veo..
Saludos,
 #472917  por GU
 
Es una obligacion del empleador, y debe hacerse cargo de los costos de la misma.

Lo que te aconsejo, es que acredites lo que cobra el trabajador. Manfiiestes que el importe que queda a depositar de acuerdo a la aplicacion del decreto que reglamenta los embargos es infimo, y en virtud de ello, para ahorrarle tramites innecesarios (ya que el acreedor no va a retirar giros de $10), solicitar se te autorice a efectuar los depositos de manera semestral.

Yo lo pedi en un expediente y me lo concedieron. De esa forma vas a tener un ahorro de tiempo y dinero considerable.

Salutes!