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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #471794  por gasumi
 
Tal vez alguien pueda ayudar. El caso es el siguiente: la fecha probable de parto era el 6 del 12 del 2009. Por amenaza de parto se presentó un certificado médico que decía que debía permanecer internada hasta el alumbramiento. Luego se levantó la internación y la enviaron con reposo absoluto a la casa pero no levantó el certificado en el trabajo, seguía corriendo el mismo. El alumbramiento se produjo el 24 de noviembre. Actualmente recibe la notificación de que su licencia por maternidad comenzó a correr en la fecha estipulada (45 días antes de la fecha probable). Mi pregunta es: puede comenzar a regir la licencia cuando hay un certificado médico de por medio?
 #471830  por doctordoctor
 
mmmmm.. yo creo si, porque la función de esa licencia previa de maternidad es el reposo pre parto.
El tema esta en que no hubo notificación hacia el empleador de que la "licencia por enfermedad habia cesado" ni que la trabajadora opto por reducir los 45 días de maternidad previos, a 30 dias.
No se, me parece que es parte del deber de buena fe...


Creo que del 6/12 fecha presunta para atras 45 días comenzó la licencia por maternidad, pero como nació el 24/11, los 12 días que se adelanto (si no conte mal), se le acumulan a los 45 posteriores (total 57 días post parto a contar desde el 24/11).

Pero estepra otras opiniones...
 #471835  por MORGAN
 
Sí, rige la licencia pero no se contabiliza 45 días desde la fecha probable sino que se descuenta la diferencia y se acunmulan a los de postparto. Es un nacimiento pretérmino art. 177 LCT.
 #472723  por gasumi
 
Gracias. Mi duda radica en el hecho de que si estoy de vacaciones y presento certificado médico me tienen que anexar los días que estuve de parte de enfermo. Acá no se daría una situación similar? La paciente aún no estaba de licencia preparto cuando presentó el certificado.
 #472956  por DAL
 
No, no se da una situación similar ya que la ley presupone que la trabajadora no puede trabajar 45 o 30 días antes del parto, por la situación de embarazo. Ella no estaba enferma, sino con reposo motivado por su embarazo, situación por la que la ley la manda a reposo laboral. Por lo tanto, la causa del resposo laboral es la misma que la de la licencia legal. Por lo tanto no la suspende.
 #473166  por gasumi
 
Ok. sin embargo, el reposo no era el normal y esperable del preparto sino motivado por una amenaza de parto prematuro. Es la misma situación?