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  • Honorarios regulados como cobro

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #473397  por Iris
 
Hola a todos estoy un poco confundida, y quiero consultarlo con Uds a ver que opinan:

Me regulan honorarios en un amparo en la prov de Bs As. el juzgado lo notifica por cédula. Pasan los 10 días y no depositan el dinero. Ante esa situación presento un escrito solicitando se intime a la demandada a depositar la suma, detallando capital mas lo que corresponde a aportes de ley e IB

El tribunal me provee:

"En cuanto a lo requerido en el 2º párrafo, de conformidad con lo normado por el art. 54 de la Ley 8904, por improcedente, no ha lugar."

El art. 54 dice:
ARTICULO 54°: Los honorarios regulados judicialmente deberán abonarse dentro de los diez (10) días de quedar firme el auto regulatorio.
Los honorarios por trabajos extrajudiciales se abonarán dentro de los diez (10) días de intimado su pago, cuando sean exigibles.
Operada la mora, el profesional podrá optar por:
a. Reclamar los honorarios revaluados con el reajuste establecido en el artículo 24, con más un interés del ocho (8) por ciento anual.
b. Reclamar los honorarios, con más el interés que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento.
Los honorarios a cargo del mandante o patrocinado quedarán firmes a su respecto si la notificación se hubiere practicado en su domicilio real.
En la cédula de notificación, en todos los casos y bajo apercibimiento de nulidad, deberá transcribirse este artículo.
La pregunta es ¿que tengo que iniciar una ejecución de honorarios??? Como seria??

La verdad que contaba con cobrar esa plata antes de fin de año y no se como bien como seguir el tema. Cualquier orientación vendría bien.

Saludos
Iris
 #473404  por Iris
 
Nota: El condenando en costas en la provincia de buenos aires

¿si inicio una ejecución tendria que pedir copia certificada de la regulación mas las cédulas y sorteo como un juicio mas?

¿hay que pedir conexidad con el juzgado donde tramitó el amparo?

¿Sobre que pido embargo si el ddo es la provincia de BS AS?

Saludos
Iris
 #473405  por Iris
 
El interes del banco es tasa activa o pasiva??
 #473411  por Iris
 
En otro post en la parte de admistrativo hablan de trabar embargo sobre bienes desafectados del uso público que administra el ONABE ¿¿?? Alguien logro embargar y/o cobrarle al estado??? ¿como hizo?