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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #473114  por diegazo
 
A una persona le adelantaron informalmente que lo desvinculan el 31-12-09. Le falta un año de aportes jubilatorios. ¿Puede llegar a arreglar con la compañía que la misma le haga los aportes hasta completar el año (sería hacer algún acuerdo por el 241 LCT)? De esa manera podría arreglar cobrar un monto inferior a lo que le corresponderia por el 245 y, por el otro lado, no se le bajaria el promedio de aportes de los últimos 10 años. ¿Es posible llegar a un acuerdo de este tipo? Gracias y saludos.
 #473326  por sol0409
 
Diegazo:

Estoy tratando de verlo del lado del empleador. El empleador aporta por el Formulario 931 (si no me equivoco) sobre la nomina que tiene dada de alta en la AFIP a partir del alta temprana. Si se extingue el vínculo, DEBE darla de baja en la AFIP. En consecuencia, no le aparece en la nómina en la que tiene que hacer aportes. Por lo tanto, no podría aportar. Eso es lo que pasa por mi cabeza recordando mis épocas en RRHH, jaja!

Pero si te sirve como Plan B, lo que se me ocurre es que esta persona se inscriba como monotributista en una categoría donde los aportes jubilatorios sean más o menos equivalentes al aporte que hacía...

Espero haber ayudado y no haberla pifiado con la opinión.

Saludos!
 #473437  por diegazo
 
Gracias por la respuesta!!
La otra que existe es que, como tiene en esta empresa cinco años de antiguedad, cuando se vaya el 31-12, podrá hacer los trámites en Anses para cobrar el subsidio por desempleo. Lo que no sé es si el anses te hace los aportes jubilatorios sobre lo que te paga como subsidio o en base al promedio de sueldos que esta persona cobró en los últimos 12 meses. ¿Me pueden confirmar este punto?
La otra que me enteré es que le estaban haciendo los aportes jubilatorios calculando un 7% sobre los conceptos remunerativos y no el 11%. ¿Deberia reclamar eso, no?
Saludos.
 #473663  por GU
 
Que le paguen la indemnizacion y entre en una moratoria no es negocio? Aclaro que de previsional no entiendo nada, pero si llega el beneficio jubilatorio se ahorran la indemnizacion.

Salutes!
 #473720  por DAL
 
A ver, si lo despiden sin más, le toca la indemnización del 245.
EStamos en moratoria previsional y puede pagar ese año de aportes faltantes EL, (no la empresa si la empresa no los debe, no es aportes de ellso sino de otro empleador)con la plata de la indemnización.
Ahora bien, si lo desvinculan por jubilación, implica que HACE UN AÑO lo han intimado a jubilarse y el no contestó que no estaba en condiciones por lo que ahora no cobrará nada., Igual esta vigente la moratoria previsional así que podrá hacer sus aportes, en un plan de pago, incluso creo que paga una cuota, inicia la jubilación y las faltantes se las decuentan una vez que perciba sus haberes.
 #474182  por MIRNA3
 
TENGO UNA DUDA
ES DEPSIDO EN SI CAUSA O PORQUE SE CUMPLIO EL AÑO DE PLAZO INTIMADO PARA QUE INICIE EL TRAMITE JUBILATORIO
HAY CAMBIA TODO
SI ES SIN CAUSA Y TIENE 5 AÑOS DE ANTIGUEDAD Y SOLO LE FALTA UN AÑO PARA JUBILARSE DE APORTES EL AÑO DE SEGURO DESEMPLEO SE COMPUTA
Y NO LE FALTARIA NADA
ESPERO HABETE SIDO UTIL
LA EMPRESA SI LE DA DEBAJA POR DESPIDO NO PUEDE SEGUIR HACIIENDO LOS APORTES PORQUE LOO TIENE QUE SACAR DEL 931 Y SALE DEL SISTEMA DEL SIJP