Hola! Mi consulta es sobre un caso de violencia familiar. Se dispuso como medida cautelar y provisoria la exclusion del hogar de XXX y dice "A tal fin, líbrese mandamiento ley con habilitación de días y horas". Como se continua? Actua el juzgado de oficio? es necesaria a partir de ahora la actuacion de un abogado? Otra cuestion es que en la resolucion pusieron que el domicilio es en Provincia de Bs. As. y en realidad pertenece a Capital. Habria que interponer una aclaratoria? Espero respuestas! Gracias!!!
Pd: Recien comienzo y no tengo mucha practica! espero que puedan ayudarme... Saludos!
Pd: Recien comienzo y no tengo mucha practica! espero que puedan ayudarme... Saludos!