Una preguntonta. Estoy haciendo una liquidación de una empleada de comercio por diferencias salariales, despido directo sin causa, entre otras yerbas. Entiendo que si cobra el salario básico, el monto del concepto antigüedad (aclaro, no estoy hablando de la indemnización por antigüedad, sino del concepto que mensualmente se abona) surge de las escalas salariales. Esto es: el salario de su categoría y antigüedad menos el salario básico de convenio.
Ahora, en este caso, la trabajadora tenía un básico superior al de convenio. Entonces, cómo calculo el monto de la antigüedad? Se aplica el mismo monto que si cobrara el salario de convenio?
Espero haber sido clara!
Ahora, en este caso, la trabajadora tenía un básico superior al de convenio. Entonces, cómo calculo el monto de la antigüedad? Se aplica el mismo monto que si cobrara el salario de convenio?
Espero haber sido clara!
Cuando soy buena, soy buena; cuando soy mala, soy mejor.