Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • TEMA COMPLEJO - RECLAMO LABORAL

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #478062  por jaz
 
Al menos para mi. Espero que alguien me guíe un poco. Empleado de la constrcucción desde diciembre de 2002. Cuando se lo contrató se le dio una vivieda dentro de un terreno que pertenece a la empresa. Ahora reclama diferencias salariales , sueldo como sereno, cuidar las cosas dentro del terreno, etc ...el y la mujer. El obrero se fue de esta casa, ahora manda los telegramas y poene el domicilio de alli!!! adonde se las envío mis contestaciones???? otra cosa más, mandan estos telegramas el y ella y a la vez me llega el telegrama del seclo para audiencia de conciliacion!!! todavía no contesté nada! El útlimo punto es que los telegramas se los dirige a Ruben Perez, no a la empresa, y en ese lugar en donde recibieron estos telegramas hay 3 ruben perez (con segundos o primeros nombres distintos), pero ninguno tiene domicilio en capital, cómo hago para suspender la audiencia por no corresponder el procedimietno laboral de capital, por no estar identificada correctamente la demandada y por recién haber empezado con el intercambio epistolar?????
Si alguien leyó todo esto gracias!! y si me pueden guiar más gracias!!
 #478173  por DAL
 
Lo dle domicilio arreglalo ahora, constatá con un escribano que la vivienda esta vacía o que vive X persona desde hace x tiempo, de ese modo tenes HOY la prueba de que los dichos del trabajador por lo menos en este punto son inventados. Lo debe hacer para demostrar que la relación continua.
 #478203  por jaz
 
Gracias por responder!! el tema es que no corresponde el seclo, por que están intimando a una persona no a la empresa, y esta persona primero no está bien identificada, es decir con su nombre completo no sabemos a quién va dirigida, segundo el domiclio de esta persona es en provincia, tercero todavía no contesté ninguna carta documento!!!. cómo suspendo el seclo?? alguien sabe??
EL obrero trabajaba para una empresa, no para esta persona. Otro tema es que los telegramas tienen domicilio del obrero en esta casa prestada por la empresa, y el ya se fue de ahi, o sea yo tengo que contestar los telegramas a esa dirección pero nadie los va a recibir o los va a recibir un empleado de la empresa..se entiende?? Entonces pensé : respecto de la persona fisica niego todo, respecto de la empresa mando telegrama intimándolo a retomar tareas y luego lo despido... todos estos telegramas los tengo que enviar a esta casa que pertenece a la empresa....que opinan??
 #478210  por picho1978
 
El tema es complejo, colega, pero por la forma en la que esta planteado.
En primer lugar, el regimen de la ley 22250 es especial, el 245 esta reemplazado por el fondo de cese laboral, el cual siempre corresponde su pago sea cual sea la causa de la desvinculacion. Es por ello seguro que inician ya el SECLO independientemente del intercambio porq saben que en principio y si o si hay una deuda.
Respecto a la suspension del SECLO, no lo veo posible, ni por encontrarse el intercambio telegráfico en curso ni por individualización de la demandada.
Estos homónimos que hay en la empresa...que cargo tienen? Porque si son solo empleados y la empresa no esta citada al SECLO que no concurra nadie. El empleado no debe tener mucha información.
La competencia tienen que haberla justificado en el SECLO al iniciar, por los domicilios. Y si esta mal planteado en Capital yo lo dejaría correr y una vez en el juzgado le planteo la incompetencia y que encima se coma las costas.
No me queda claro el distracto. Cuando dejó de concurrir? Se fue de la casa esta que habitaba cuando? Estaba en blanco? Porque si es asi ya les va a llegar la citación a la empresa. Explicate un poco como viene el tema de la desvinculación.
 #478267  por jaz
 
HOla, bueno explico un poco mejor. El obrero está en blanco. No hay deuda con el mismo, ya que está todo ok en lo que respecta a la relacion laboral. El tema es que reclama diferencias salariales y un sueldo por sereno (ya que ocupaba una casa de la empresa) y respecto de este sueldo como nunca se lo registró ya que nunca se lo consideró sereno , pide todo lo correspondiente a trabajo en negro. Ahora, la dirección que pone es de esa casa de la empresa, en la cual no vive más, se fue hace dos dias cuando aviso que renunciaba. A la empresa no le mandó ningún telegrama aún, por lo que pensé en intimarlo a trabajar. El tema es que se lo tengo que mandar a esta casa, que no vive nadie, y aparte es de la empresa. Respecto del SECLO, entiendo que primero debe haber un intercambio epistolar, y si yo no regularizo la situación entonces si va por SECLO, pero no pueden vulnerar el derecho a regularizarlo según establece la ley.
Respecto a la persona a quien le manda el telegrama es el presidente de la misma, pero no es el empleador. Lo raro es que el abogado debe tener el recibo de sueldo y no entiendo por que no se lo mando a la empresa. Tampoco entiendo el tema del domicilio, debería de haber constituído uno nuevo...
 #478409  por picho1978
 
jaz escribió:HOla, bueno explico un poco mejor. El obrero está en blanco. No hay deuda con el mismo, ya que está todo ok en lo que respecta a la relacion laboral. El tema es que reclama diferencias salariales y un sueldo por sereno (ya que ocupaba una casa de la empresa) y respecto de este sueldo como nunca se lo registró ya que nunca se lo consideró sereno , pide todo lo correspondiente a trabajo en negro. Ahora, la dirección que pone es de esa casa de la empresa, en la cual no vive más, se fue hace dos dias cuando aviso que renunciaba. A la empresa no le mandó ningún telegrama aún, por lo que pensé en intimarlo a trabajar. El tema es que se lo tengo que mandar a esta casa, que no vive nadie, y aparte es de la empresa. Respecto del SECLO, entiendo que primero debe haber un intercambio epistolar, y si yo no regularizo la situación entonces si va por SECLO, pero no pueden vulnerar el derecho a regularizarlo según establece la ley.
Respecto a la persona a quien le manda el telegrama es el presidente de la misma, pero no es el empleador. Lo raro es que el abogado debe tener el recibo de sueldo y no entiendo por que no se lo mando a la empresa. Tampoco entiendo el tema del domicilio, debería de haber constituído uno nuevo...
Bueno. Respecto al domicilio, la empresa tiene q tener otro domicilio del muchacho, el que tenia cuando lo tomaron, el que consta en los libros, etc. NO LE MANDES a la casita esta de la empresa MAS si estas negando el puesto de sereno ( podes optar por manifestar sino q se le prestaba la casa terreno medio resbaladizo a mi criterio, deberian haberle hecho firmar algun comodato al inicio )( YO NEGARIA QUE VIVIA AHI ). Rechaza los terminos de su telegrama e intimalo a presentarse a trabajar en su puesto de obrero. El tema del SECLO como te mencione anteriormente yo hice parte demandada en este tema 22250 y muchos se van y directamente te mandan el telegrama de SECLO (eso no quiere decir q eventualmente en juicio lo puedas oponer como defensa de las multas sobre todo) pero no produce la suspension del SECLO. Fijate en la pagina del seclo, o eventualmente plantea en la audiencia q el trabajador debe dar un domicilio real y no uno donde supuestamente vivio pero ya abandono. Pero insisto que la empresa debe tener otro domicilio, mismo el de la libreta de fondo de desempleo.Si patrocinas al presidente tmb concurri en nombre de este y desentendete del tema, pero concurri a todo evento para salvaguardar sus derechos. Cualquier omision o demora del letrado te favorece.
 #478420  por DAL
 
Haceme caso y andá con un escribano y constatá que la vivienda está vacía!!! andá al SECLO y plantea que no es empleado de quien dice serlo, sino de otro., Estudia la atribución de vivienda como parte del contrato de trabajo.
 #478487  por jaz
 
El obrero siempre tuvi domicilio en esa casa, desde que empezó a trabajar...si lo planteo después o en la audiencia el tema del domiclio perdí la oportunidad de contestar los telegramas, van a estar venidos....Si yo constato que el domicilo está vació...que hago con las contestaciones de los telegramas??? tengo que contestarlos. Los mando igual a la casa de la empresa y luego constato que está vacía, pero una vez despedido por cd el obrero?? si constato ahora que está vacía entonces no puedo contestar los telegramas a esa dirección y estoy perdiendo la oportunidad de contestar que quizá m juega a mi favor en este momento...Osea que pasa si contesto ali?? el obrero no va a contestar y luego lo considero despedido...cuando inicie el juicio acompaño estas contestaciones en donde va a surgir que el obrero guardó silencio..estoy errada??
 #478603  por picho1978
 
A ver...Lo que te dice DAL es para que desvirtues la postura de que vive o eventualmente vivía ahí. Ahora, respecto a conestar los telegramas obviamente HAY QUE CONTESTARLOS ; si vas a negar que era sereno, pedi en la empresa el legajo del empleado tiene que tener otro domicilio; sino vas a tener q intimarlo ahi como un mero formalismo pero muniendote de la prueba de que no vive alli.
Es una autentica prueba de mala fe del empleado, busca jurisprudencia porq es el tipico caso que te intiman y en el mimso telegrama te dicen que estan enfermos y se encuentran en tal domicilio para que la carta documento vuelva rechazada.
 #478607  por picho1978
 
Si la empresa le reconoce ese único domicilio es un macanón, obvio que te va a pedir el cargo de sereno y la mar en coche... :roll:
 #478675  por jaz
 
ok, gracias!! les parece entonces que conteste allí y luego una vez finalizadas las contestaciones haga constar por escribano que alli no vive nadie?? por que lo que pienso es que si lo hago constar ahroa y contesto los telegramas allí no sé se van a tomar cómo válidos, al contestar en un domicilio que sé que no vive nadie...
 #478774  por DAL
 
Nop.
Primero constatá!! La constatación es independiente de la contestación de las cartas.
Las cartas contestalas al domicilio que el te pone pero si tenes otro domicilio TAMBIEN lo contestaría al otro. Si te dice que tiene tal estudio de abogoados, les mandaría tambien al domicilio del estudio de abogados y si tenes un domicilio viejo no subsistente, allí se lo mandaría.
Si esta en blanco, prepará la libreta, entregala, ponela a disposición con todo!! no descartaría citarlo al Ministerio de Trabajo para que te quede constancia fehaciente de que la libreta esta! Y luego que el haga lo que quiera, vos con la constatación de que el domiclio esta desocupado tnees probado, casi con certeza que al moemnto de la intimación allí no vivia, cuanod en la carta denuncia QUE SI LO HACE.
Pero bueno, es tu estrategia, planteala como mejor te parezca, aca solo ideas!
 #478832  por jaz
 
Gracias DAL!!! entonces hoy hago constatación por escribano y contesto a ese domicilio. No hay otro no en le empresa , ni pone que abogado actúa, nada. Lo único que me queda es llamar a la conciliadora y me diga quién es el abogado actuante...Contesto los telegramas en ese domicilio. Te hago una pregunta más (ya me siento que estoy abusando, pero tengo muchas dudas) si contesto y obviamente el no me contesta los telegramas...luego lo considero despedido respecto de los telegramas que va a enviar la empresa, no me juega a favor esto?? cuando inicie juicio y demustre que conteste y el obrero guardó silencio?? la última, si nadie recibe las cartas documentos que hago...o si las recibe otro empleado de la misma empresa...que hago?? les digo que nadie las reciba?? y que vulvan al correo?? espero me puedas ayudar , muchisimas gracias
 #478836  por DAL
 
NO te apures a definir el tema con un despido,. Para cuando tenes la audiencia en el SECLO?.
Vos constata, luego contestá lo que el dice, y tenete informe del correo, ojo, no sea cosa que alguien en esa vivienda haya, y se lo reciba (te sugeriría cambiar cerraduras por si el tipo vuelve a buscar la carta) por ahí un portero le da la correspondencia. Ojo.
Intimá a que se presente a trabajar a sus tareas en blanco, luego si no llega la audiencia del seclo podés despedirlo pero por ahí aguantás hasta la audiencia y lo resolvés ahí.