Si la empresa propietaria del tendido solicitó la constitución de la servidumbre, debés reclamar el monto mensual que corresponda, según la ley aplicable, en concepto de canon por la servidumbre en cuestión; lo podés hacer remitiendo una CD estableciendo el canon, recibida la cual te citarán a una audiencia que va a tener por objeto acordar un monto . Si no existe constitución de servidumbre y la empresa propietaria de la servidumbre no acuerda con vos y tu cliente el precio del canon, debés iniciar una demanda en donde pidas que por disposición judicial, en base a las pruebas que aportes, se establezca el monto mensual que tu parte deba percibir por la servidumbre. Si la ejecución de la obra del tendido le ha provocado perjuicios a tu parte y tales perjuicios podés probarlos, también tenés que iniciar la demanda por daños y perjuicios. Debés tener en cuenta si el inmueble afectado es rural o urbano, el grado de afectación directa e indirecta, la imposibilidad de utilizar el inmueble de manera completa en toda la dimensión del derecho de dominio, la posible disminución del valor del inmueble, etc. Suerte