Coincido con docthos, informe o providencia explicando el tema, sobre el inicio de actuaciones sumariales o pre sumariales, que se expida el área de legales. La reconstrucción se ordena por acto administativo, en el mismo se dispone que cada una de las áreas que hayan intervenido, deben agregar copia certificada de, ej: informe, providencias, dictamenes, etc., si el expediente se inició por presentación de un particular, empresa o agente, deberá acompañar copia de su escrito, donde conste la fecha de su presentación. Con todo eso, se tendrá por reconstruido el expediente y seguirá su curso. Creo que no me olvido de nada.