Me remito a lo que dice Romina... Yo creo que el no reconocimiento de deudas salariales es injuria suficiente. Pero tenés que probarlo. Corrés con la ventaja que reconocieron la relación laboral y que, estando no registrado, podés decir que cobraba X, que no le pagaron los aguinaldos, etc. Además, habrá que ver si efectivamente lo registran en el plazo de 30 días. Sino, también podés acumular esas indemnizaciones.
Por qué no intimás una vez más a que abonen esas diferencias salariales y retenés tareas? Digo, para demostrar tu buena fe y no mostrar una intención rupturista... Se me ocurre.
Por qué no intimás una vez más a que abonen esas diferencias salariales y retenés tareas? Digo, para demostrar tu buena fe y no mostrar una intención rupturista... Se me ocurre.
Cuando soy buena, soy buena; cuando soy mala, soy mejor.
