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  • Dos preguntas sobre un telegrama

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #48677  por tistestis
 
Hola, cómo están? Les hago dos preguntas sobre un telegrama que envié en el marco de la ley 24.013 por registración defectuosa. Le envié uno al empleador y otro a la AFIP.
1- Lo envié al mismo domicilio de donde vino el telegrama del empleador, es decir, de la casa central, pero trabaja en una delegación, en otra ciudad. ¿Debería volverlo a enviar pero al domicilio donde trabaja o lo dejo como está?
2- Notifica que retiene tareas por el artículo 1201 del CC hasta que se cumpla el plazo para responder (30 días). Sin embargo, si quiere, ¿puede volver a trabajar, sin ejercer ese derecho que ya notificó por telegrama?
Desde ya, les agradezco mucho.
Saludos
 #48689  por barney
 
tistestis escribió:Hola, cómo están? Les hago dos preguntas sobre un telegrama que envié en el marco de la ley 24.013 por registración defectuosa. Le envié uno al empleador y otro a la AFIP.
1- Lo envié al mismo domicilio de donde vino el telegrama del empleador, es decir, de la casa central, pero trabaja en una delegación, en otra ciudad. ¿Debería volverlo a enviar pero al domicilio donde trabaja o lo dejo como está?
2- Notifica que retiene tareas por el artículo 1201 del CC hasta que se cumpla el plazo para responder (30 días). Sin embargo, si quiere, ¿puede volver a trabajar, sin ejercer ese derecho que ya notificó por telegrama?
Desde ya, les agradezco mucho.
Saludos
Personalmente se lo enviaria al domicilio donde constituyo domicilio el empledor en la CD anterior, (doctrina de los actos propios), respecto a la retencion de tareas en en derecho del trabajo es muy discutida su aplicacion respectoa la la falta de pago de las remuneraciones, si es aceptada cuando no se dan las condiciones de seguridad o salubridad en el trabajo (art 75 LCT).
Por ello yo en particular no pondria que retengo tareas por falta de pago

Saludos
 #48697  por Ishtar
 
Hola, coincido con Barney, yo lo notificaria al remitente que puso en la CD que te mando.
En relacion a la retencion de tareas, ya mandaste el telegrama, pero en mi opinion si es solo por el emplazamiento para que lo regularicen no corresponde retencion de tareas (repito a mi modo de ver).

Si fuera yo concurriria a trabajar y lo haria haciendo la tarea normal que me corresponde, hasta que venzan los 30 dias o te nieguen el ingreso, o pase algo, cuando eso suceda hay que ver como proceder ante el hecho concreto...
 #49091  por tistestis
 
Gracias por las resupestas. Entonces me quedo tranquilo acerca de la dirección a la que envié el telegrama.
En cuanto a la retención de tareas, no solo reclamo por recategorización, sino también por otras condiciones de trabajo.
El tenía licencia por 30 días, pero el médico de la empresa le dio solo 3, sin hacer mencion a la licencia del medico particular. Puedo entonces pedir la instancia administrativa de la Secretaria de Trabajo (Provincia de Buenos AIres) o que mi cliente vaya a trabajar dos dias y vuelva a pedir licencia.
Ahora, si no quiere hacer uso del derecho de retencion que anuncio en el telegrama, ¿que hace? ¿simplemente se presenta a trabajar?
De todas formas, para que haya despido con causa, no basta con que retenga, sino que lo tienen que intimar para que se reincorpore, ¿no?
Bueno, lamento nuevamente de nuevo este abuso, repito que estoy empezando.
Muchas gracias de nuevo