En un juicio por daños contra el estado provincial me opusieron prescripción dentro de los 15 días de notificada la demanda, la conteste y el juez difirio la resoluciíon al momento de la sentencia.
Se reanudaron los plazos y ahora contestan demanda oponiendo falta de legitimación, el juez se la tiene por planteada como defensa de fondo ( art. 34 y 35 inc. 1 ap.g) CCA)pero no me da traslado ni dice notifiquese.
Entiendo que como dice el art 35 inc 2, esta planteando la falta de legitimación como cuestión de fondo, mi duda es si la tengo que contestar aunque no me de traslado?
Se reanudaron los plazos y ahora contestan demanda oponiendo falta de legitimación, el juez se la tiene por planteada como defensa de fondo ( art. 34 y 35 inc. 1 ap.g) CCA)pero no me da traslado ni dice notifiquese.
Entiendo que como dice el art 35 inc 2, esta planteando la falta de legitimación como cuestión de fondo, mi duda es si la tengo que contestar aunque no me de traslado?