Un trabajador de la construcción, empleado de un subcontratista, reclama por telegrama colacionado al contratista principal el pago de la liquidación final y salarios adeudados. El subcontratista hizo abandono de obra. Ahora bien, mi pregunta es, ¿puede el contratista principal abonar lo reclamado asentándolo en escritura pública con validez? ¿O se considera un acuerdo transaccional y debe hacerse con intervención de un juzgado laboral? La obra corresponde a la localidad de Mercedes con lo cual no tendría la vía del Seclo.
Gracias colegas
Gisela
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