A ver... no se entiende bien a que te referis con abogado voluntario. Si te referis a patrocinio gratuito, lo que tenes que hacer es manifestar en la primera presentacion judicial que patrocinas a tu cliente en los terminos del articulo tal de la ley de ejercicio profesional en atencion a su situacion economica, y que por dicho motivo solicitas que no se te regulen honorarios en el momento oportuno. Asimismo, no pagarás aportes ni bono. Los gastos que hagas -como por ej. un gestor- o los paga tu cliente, o le das a el los elementos para diligenciar, ya que no son cubiertos por el patrocinio gratuito.-
Recuerden siempre que el ejercicio profesional nunca se presume gratuito, y que a la vez, los honorarios profesionales -como muchos derechos personales- son renunciables por el interesado. Siempre en forma expresa, claro está.-
Lo mismo para Marceladiez, si necesitas un abogado voluntario en el sentido que explique anteriormente, no te va a costar nada... concurri a los centros de patrocinio de los colegios de abogados y justificá la imposibilidad de medios para contratar a uno.-
Saludos!
En estos tiempos se necesita mucho ingenio para cometer un pecado original.