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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #489112  por roinapoli
 
Hola a todos, soy nueva en esto y espero que lo este publicando bien y ustedes sean tan amables de ayudarme. Me matricule hace 2 meses y todavia no he tenido ningun caso, pero ahora me llego esta consulta (junto con un caso de usucapion) y necesito consejos de todos ustedes. El caso es así, un Señor se caso el 1 de febrero de 2008, y ahora se quiere divorciar pq hace meses que se separo de hecho de la esposa pq ella tiene un amante. A partir del 1 de febrero de este año recién va a poder presentarse (lo quieren hacer en forma conjunta) y pedir la separacion personal verdad? y después de 1 año de sentencia firme van a poder pedir la conversion en divorcio no?. Si es en forma conjunta...me pueden firmar un poder cada uno y yo representar a los dos. Tendria que presentar el escrito de demanda firmado por los dos y por mi, para eso necesito algun modelo pq no tengo ninguno!!!!!!!!!!. Por último, como calculo los gastos y los honorarios. Gracia s atodos los que estan leyendo esto y espero su ayuda!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #489142  por NANCHU
 
Hola, primero contame en donde vas a litigar.
Luego, si se van a presentar de manera conjunta, directamente solicitar el divorcio por causas que hecen imposible la vida en común, los 3 años los debes esperar si vas a pedir div por sep de hecho sin voluntad de unirse por mas de 3 años.

Suerte en el ejercicio! *suerte*
 #489197  por roinapoli
 
Holaaa, miles de gracias. Te cuento que corresponde al depto de Morón. Se quieren presentar en forma conjunta, pero yo no tengo idea como hay que hacerlo. Ellos quieren hacer el divorcio pero yo creia que no podían, gracias por la explicación. están ansiosos de saber cuanto cuesta y la verdad que no se como se calculan los honorarios, y tampoco los gastos de inicio y los demàs gastos. Si tenés necesito algún modelo de demanda y de convenio de honorarios. Muchas gracias de nuevo. La verdad que el ejercicio de esta profesión hace que valgan la pena los esfuerzos por recibirnos.
 #489210  por sole10
 
roinapoli escribió:Holaaa, miles de gracias. Te cuento que corresponde al depto de Morón. Se quieren presentar en forma conjunta, pero yo no tengo idea como hay que hacerlo. Ellos quieren hacer el divorcio pero yo creia que no podían, gracias por la explicación. están ansiosos de saber cuanto cuesta y la verdad que no se como se calculan los honorarios, y tampoco los gastos de inicio y los demàs gastos. Si tenés necesito algún modelo de demanda y de convenio de honorarios. Muchas gracias de nuevo. La verdad que el ejercicio de esta profesión hace que valgan la pena los esfuerzos por recibirnos.
Si es en Moròn;en principio tenes que presentar la Planilla de Ingreso de Familia por duplicado (confeccionando una por cada cònyuge y con firma de su respectivo letrado);no se presenta escrito de demanda ya que pasa a Etapa previa y èsta no lo exige.Segùn el Tribunal que te toque en suerte,el divorcio saldrà mas o menos ràpido -si te toca el Familia 2,agarrate!!-tarda mucho.
Respecto a los gastos tenès:tasa de justicia $ 50.-y sobretasa de justicia $ 5.-;Bono Ley 8480 $ 27.-(hasta ahora,por lo menos),anticipo de Ius Previsional $ 65.-(tenè en cuenta que hay que abonar 2 bonos y anticipos previsionales,uno por cada letrado).
Respecto de los honorarios,segùn la ley correspondiente,se regulan por divorcios por presentaciòn conjunta entre $ 2700 y $ 3000,con màs el 10 % de aporte previsional (siempre por cada letrado,estamos hablando),no te conviene firmar convenio (en mi opiniòn)ya que la regulaciòn es buena,salvo que despuès tu cliente cambie de opiniòn,eso lo evaluaras vos.
Para iniciar,junto con la Planilla de Ingreso,debes acompañar copia de DNI de cada cònyuge y (dentro del sobre)original y copia de acta de matrimonio,los bonos,anticipos de Ius,tasa y sobretasa de justicia.
Si me olvidè de algo,preguntà.
Saludos !!!!
 #489720  por roinapoli
 
Gracias por tantos detalles que me das. Teniendo en cuentat odo lo que hay que pagar para iniciar, además del monto de esa suma, cuanto le tendria que pedir como gastos de inicio?. Ahora el cliente me explica que el domicilio de casados no era en morón, sino en matanza. Es necesario que sean dos abogados diferentes si ellos lo quieren hacer en presentación conjunta? Porque el señor tiene miedo que ella no quiera pagar su abogado y así no lo puedan hacer. No se si es importante este dato: no tienen ningún bien para liquidar, pq lo único que compraron casdos fue la tv y el lavarropas, pero el hombre se los dejo que se los quede ella, y las demàs eran cosas que cada uno tenía de soltero y se las quedaron como correspondía. No tienen auto, casa, ni nada que sea de valor. Desde que presente los formularios y quede radicada en el tribunal, cuanto tiempo suelen tardan en matanza para fijar la primer audiencia? Muchas gracias por todo!!!!
 #489764  por josefifi
 
perdon por meterme Nanchu pero para pedir el divorcio es necesario que los conyuges hayan estado casados por lo menos durante 3 años, y para la separacion personal 2 años. Esta gente va a cumplir 2 años de casados recien el mes que viene (febrero de 2010), por lo que ahi podra pedir la separacion personal por causas que hagan moralmente imposible la vida em comun pero no el divorcio.
 #489790  por sole10
 
josefifi escribió:perdon por meterme Nanchu pero para pedir el divorcio es necesario que los conyuges hayan estado casados por lo menos durante 3 años, y para la separacion personal 2 años. Esta gente va a cumplir 2 años de casados recien el mes que viene (febrero de 2010), por lo que ahi podra pedir la separacion personal por causas que hagan moralmente imposible la vida em comun pero no el divorcio.
Lo que se apunta en este comentario es cierto,es el criterio adoptado por los jueces de familia de la Pcia.
De todas maneras podrìas iniciar la separaciòn personal -que tiene el mismo tràmite que el divorcio-y luego de transcurrido el plazo,pedir la conversiòn en divorcio.
En el tema del domicilio,si la presentaciòn va a ser conjunta,pueden denunciar que su ùltimo domicilio conyugal fue en Moròn (si el matrimonio se celebrò en èsta localidad,no hace falta denunciarlo allì;ya que tambièn es competente para entender en estas acciones,el juez del lugar de celebraciòn del matrimonio).
A mi entender,te va a resultar màs ràpido tramitarlo en Moròn,pues en La Matanza se està reacondicionando el fuero (pasan de Tribunales de Familia a Juzgados de Familia)y los tràmites tardan mucho mas.
Se debe presentar un letrado por cada parte,para evitar posibles denuncias por falta de ètica profesional (en Moròn no admiten un sòlo abogado para ambas partes aunque sea una presentaciòn conjunta).
El hecho de que no existan bienes a dividir,no es obstàculo para el inicio de la acciòn.
Respecto de los gastos,roinapoli,te cuento que son los mismos y,còmo adelanto deberìas pedir mìnimo $ 400.-
 #489814  por roinapoli
 
La verdad que tus explicaciones son muy claras, garcias de nuevo. Si no tienen bienes para liquidar tengo que dejarlo aclarado? Mi cliente es el señor, y la mujer trabaja en negro, pero como el hombre es bueno, ella se abusa y le pide dinero todos los meses como si el tuviera que mantenerla. Por ahora el se lo esta dando, pero cuando tenga que pagar los gastos del juicio no va apoder seguir dandole la plata......ella le puede exigir? Hay manera de dejar asentado que ella trabaja aunque sea "en negro", para que despuès no se le ocurra reclamarle alimentos?. Que pasa si ella cambia d eopiniòn y para no pagar su abogado, se niega a iniciar la separación por presentación conjunta, que puedo hacer?. Graciasssss
 #489817  por roinapoli
 
Otro detalle......para calcular los honorarios mínimos de una separación personal por presentación ocnjunta, se aplica lo mismo que para divorcio por presentacion conjunta? serìan 30Ius? Teniendo en cuenta que no hay bienes, eso implica que no hay que hacer liquidaciòn de la sociedad conyugal? como lo puedo exponer para que quede claro que no existen bienes?
 #489895  por sole10
 
roinapoli escribió:La verdad que tus explicaciones son muy claras, garcias de nuevo. Si no tienen bienes para liquidar tengo que dejarlo aclarado? Mi cliente es el señor, y la mujer trabaja en negro, pero como el hombre es bueno, ella se abusa y le pide dinero todos los meses como si el tuviera que mantenerla. Por ahora el se lo esta dando, pero cuando tenga que pagar los gastos del juicio no va apoder seguir dandole la plata......ella le puede exigir? Hay manera de dejar asentado que ella trabaja aunque sea "en negro", para que despuès no se le ocurra reclamarle alimentos?. Que pasa si ella cambia d eopiniòn y para no pagar su abogado, se niega a iniciar la separación por presentación conjunta, que puedo hacer?. Graciasssss
Es relativo el tema de alimentos,este Sr.se los abona porque quiere ya que la Sra.trabaja y no tiene una enfermedad o discapacidad que pueda justificar la cuota alimentaria.
Si se niega a realizar la presentaciòn conjunta,tu cliente puede perfectamente,iniciarlo èl y al momento de notificarle la audiencia (en la misma cèdula)se le harà saber que,de carecer de medios econòmicos para afrontar los gastos casuìdicos del juicio,puede concurrir a la Defensorìa de Pobres y Ausentes Departamental para que le asignen un letrado que la patrocine gratuitamente (no hay excusas para iniciar la acciòn,de un modo u otro,la soluciòn se consigue).
Respecto de los bienes,si no existen,no hay nada que declarar al respecto.
Y los honorarios son los mismos,es decir,se regulan de igual modo que si fuese un divorcio.
Saludos!!
 #491809  por roinapoli
 
El asunto es que recièn en febrero van a cumplir los 2 años de casados conlo qu epodría pedir la separación personal por presentación conjunta, y si ella no firma esa presentación, no tengo otra manera de pedirla por el poco tiempo que llevan casados. En Matanza si es presentación conjunta tienen que ser dos abogados o podría ser uno solo.....la pregunta es pq el Sr. dice qu el amujer no quiere pagar nada y él no puede paga dos letrados. teniendo en cuenta que se casaron en febrero de 2008, podría esperar hasta agosto (por ejemplo), y decir que estan separados de hecho hace 2 años sin voluntad d eunirse, y así no necesitaría que sea por presentación conjunta no?. En Morón aceptan un solo letrado cuando es presentación conjunta, pq también vivieron ahí, y el Sr. lo que le interesa es poder hacerlo sin importar en que lugar. Gracias!!!!!!!!!!!!!!
 #492093  por chiqui79
 
el tribunal de familia Nº 2 de mar del plata declaro la inconstitucionalidad del plazo de tres años previstos en el art. 215 CC, fijate si no te conviene presentarlo pidiendo eso, y si lo deniegan podes convertirlo a separacion personal.