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 #492940  por PsicologiaForense
 
Hola a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP":
Tengo un caso atípico con un psicodiagnóstico ya que lo pide un empleador para tener los resultados de la evaluación de un empleado que se encuentra iniciando todo el tema de telegramas por una supuesta situación de acoso en el trabajo. Por lo general siempre hago este trabajo para los estudios jurídicos que representan al empleado y no al revés...
El empleador paga el psicodiagnóstico y por lo tanto espera recibir el informe, con lo que yo estaría entregando los resultados a un tercero y por fuera de un proceso judicial ya que todavía no hay juicio y no es una pericia psicológica.
Mi pegunta es: cómo hago para asegurarme de que el empleado, en el caso de que los resultados no lo favorezcan, no termine acusándome de violar el secreto profesional. En un caso como este, se puede tomar como sobreentendido que el examinado sabe y consiente que el informe vaya a ser entregado al empleador o yo debería hacerle firmar una autorización para entregar los resultados a la empresa?
Y si así fuera y el empleado no me lo firma, cómo le cobro a la empresa si no le puedo entregar los resultados??? :shock:

Gracias por su ayuda *leo*
 #493067  por lawyerdigital
 
PsicologiaForense :

Primero, sugiero que no tomes como sobreentendido NADA, (después vienen los problemas), entiendo que debe ser el empleador el que te debe entregar la autorización firmada por el empleado (ya que el es el interesado en y que el paga), y por las dudas le mostrás dicho autorización a el.

De esta forma evitas todos los eventuales problemas que puedan surgir de responsabilidad profesional y de cobro de honorarios.


Saludos y a tu disposición.

Lawyer
 #493071  por docthos
 
Otra opción es la siguiente, aportar solamente las conclusiones, en todo caso si se llega a un proceso y el Juez te solicita un informe ya estarias resguardada de otra manera respecto del secreto profesional. Trabajo en Medicina Legal y el único caso en el que se aporta el psicodiagnóstico completo es a requerimiento judicial. Slds!!
PD: de todos modos para resguardarte ab initio, la firma del empleado es esencial no obstante ello recordá el art. 210 LCT sobre controles médicos por lo que teniendo la solicitud del empleador justificas tu intervención y con la firma del empleado estbleciendole que le comunicaste el contexto que aportaras las conclusiones al empleador tenes su consentimiento. De todos modos ese solo estudio no tiene el valor de una Junta Médica, por lo que no podrá fundarlo solamente en eso, suerte
PsicologiaForense escribió:Hola a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP":
Tengo un caso atípico con un psicodiagnóstico ya que lo pide un empleador para tener los resultados de la evaluación de un empleado que se encuentra iniciando todo el tema de telegramas por una supuesta situación de acoso en el trabajo. Por lo general siempre hago este trabajo para los estudios jurídicos que representan al empleado y no al revés...
El empleador paga el psicodiagnóstico y por lo tanto espera recibir el informe, con lo que yo estaría entregando los resultados a un tercero y por fuera de un proceso judicial ya que todavía no hay juicio y no es una pericia psicológica.
Mi pegunta es: cómo hago para asegurarme de que el empleado, en el caso de que los resultados no lo favorezcan, no termine acusándome de violar el secreto profesional. En un caso como este, se puede tomar como sobreentendido que el examinado sabe y consiente que el informe vaya a ser entregado al empleador o yo debería hacerle firmar una autorización para entregar los resultados a la empresa?
Y si así fuera y el empleado no me lo firma, cómo le cobro a la empresa si no le puedo entregar los resultados??? :shock:

Gracias por su ayuda *leo*
 #493088  por PsicologiaForense
 
lawyerdigital escribió:PsicologiaForense :

Primero, sugiero que no tomes como sobreentendido NADA, (después vienen los problemas), entiendo que debe ser el empleador el que te debe entregar la autorización firmada por el empleado (ya que el es el interesado en y que el paga), y por las dudas le mostrás dicho autorización a el.

De esta forma evitas todos los eventuales problemas que puedan surgir de responsabilidad profesional y de cobro de honorarios.


Saludos y a tu disposición.

Lawyer
gracias lawyer. Lo que sucede es que el empleado ya no tiene ningún contacto con el empleador excepto los telegramas que van y vienen. Entiendo que solo va a notificarle que debe venir a la evaluación el día viernes. Lo único que puedo hacer de acuerdo a lo que me decís es hacerle firmar una autorización para entregar los resultados al empleador.
Tal vez no venga a verme, porque tenía que ir a un médico y no fue, supongo que por consejo de su abogado, de manera que creo que hará lo mismo con el psicodiagnóstico. El empleador me dice que si no concurre él lo podría despedir, si es así tal vez sea eso lo que busca jeje
En realidad escuchándolo entrelíneas creo entender que quiere el psicodiagnóstico para tener una prueba para desvirtuar el planteo de acoso con el que apareció el empleado en el telegrama...

Gracias y saludos :mrgreen:
 #493093  por PsicologiaForense
 
docthos escribió:Otra opción es la siguiente, aportar solamente las conclusiones, en todo caso si se llega a un proceso y el Juez te solicita un informe ya estarias resguardada de otra manera respecto del secreto profesional. Trabajo en Medicina Legal y el único caso en el que se aporta el psicodiagnóstico completo es a requerimiento judicial. Slds!!
PD: de todos modos para resguardarte ab initio, la firma del empleado es esencial no obstante ello recordá el art. 210 LCT sobre controles médicos por lo que teniendo la solicitud del empleador justificas tu intervención y con la firma del empleado estbleciendole que le comunicaste el contexto que aportaras las conclusiones al empleador tenes su consentimiento. De todos modos ese solo estudio no tiene el valor de una Junta Médica, por lo que no podrá fundarlo solamente en eso, suerte
Gracias Docthos por tu respuesta. El tema es que quiere todo el informe, porque seguramente piensa usarlo, si los resultados le convienen, en contra del empleado en el juicio... No lo dijo abiertamente, pero es lo que casi puedo adivinar.
Voy a hacer eso que me decís, informarle todo y que me lo firme, a mi siempre me contratan los abogados de la actora y este caso es atípico porque viene al revés y como dice lawyer si doy algo por sobreentendido despues pueden aparecer los problemas. Acá no hay justa causa que valga si me quieren voltear porque los resultados no favorecen al empleado... :shock:

Gracias y saludos.
Germán
 #493196  por sole10
 
PsicologiaForense escribió:Hola a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP":
Mi pegunta es: cómo hago para asegurarme de que el empleado, en el caso de que los resultados no lo favorezcan, no termine acusándome de violar el secreto profesional.


Me surge una duda respecto al secreto profesional ¿No se estaría violando si,en realidad,éste empleado fuera paciente de psicologíaforense y éste le facilitara datos que son confidenciales,al empleador para que los use en su contra?
Interpreto que si el psicologo es contratado por la empresa para efectuar un psicodiagnóstico -al que el empleado puede acceder o no-,no sería estrictamente una violación del secreto profesional.
Quizás estoy muy equivocada,algún experto en el tema me lo podría aclarar?
 #493304  por lawyerdigital
 
sole10 escribió:
PsicologiaForense escribió:Hola a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP":
Mi pegunta es: cómo hago para asegurarme de que el empleado, en el caso de que los resultados no lo favorezcan, no termine acusándome de violar el secreto profesional.


Me surge una duda respecto al secreto profesional ¿No se estaría violando si,en realidad,éste empleado fuera paciente de psicologíaforense y éste le facilitara datos que son confidenciales,al empleador para que los use en su contra?
Interpreto que si el psicologo es contratado por la empresa para efectuar un psicodiagnóstico -al que el empleado puede acceder o no-,no sería estrictamente una violación del secreto profesional.
Quizás estoy muy equivocada,algún experto en el tema me lo podría aclarar?
Seria practicamente imposible que Psicologia sacara una sentecia condenatoria por violacion de secreto, pero...... podria ser demandado civilmente y profesionalmente.
Volviendo a la figura penal, el Codigo requiere "conocimiento en ejercicio de la funcion", algun individuo osado, podria hacerle, por lo menos, transitar por un porceso penal, con todos los inconvenientes que ello acarrea.

Lawyer
 #493350  por PsicologiaForense
 
Gracias a ambos, creo que tiene mucha razón lawyer en lo que dice, y justamente el motivo de la pregunta inicial fue esto de cómo estar cubierto... gracias y saludos :D
 #493834  por docthos
 
En mi opinión no te lleves por lo que te pide el empleador, es decir aclarale que el psicodiagnóstico completo no lo podes darporque estarias violando el secreto profesional, tene precaucion en tal sentido con hacer que la firma del empleado sea para que entregues no solo la conclusion sino todo el estudio, porque seguramente en un litigio plantearan nulidad de consentimiento o induccion a error. Mantenenos al tanto de como se va dando todo, pero por sobre todas las cosas preserva tu titulo y en todo caso si ves alguna posible desinteligencia que pueda poner en riesgo tu carrera abrite sin dudas del caso, saludos!
PsicologiaForense escribió:Gracias a ambos, creo que tiene mucha razón lawyer en lo que dice, y justamente el motivo de la pregunta inicial fue esto de cómo estar cubierto... gracias y saludos :D
 #493859  por PsicologiaForense
 
docthos escribió:En mi opinión no te lleves por lo que te pide el empleador, es decir aclarale que el psicodiagnóstico completo no lo podes darporque estarias violando el secreto profesional, tene precaucion en tal sentido con hacer que la firma del empleado sea para que entregues no solo la conclusion sino todo el estudio, porque seguramente en un litigio plantearan nulidad de consentimiento o induccion a error. Mantenenos al tanto de como se va dando todo, pero por sobre todas las cosas preserva tu titulo y en todo caso si ves alguna posible desinteligencia que pueda poner en riesgo tu carrera abrite sin dudas del caso, saludos!
Sí, muy cierto lo que decís, y acabo de redactar la autorización para que firme el empleado en la que pongo que me autoriza a entregar el informe, técnicas administradas, evaluación individual de las mismas y conclusiones finales del examen. :mrgreen:
Igual no creo que venga, su abogado le va a decir que no aparezca, con lo que le cobraré el 50% por reserva del turno...

Gracias a todos por la info, algo me decía que era un caso para tomar precauciones...
saludos :D