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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #465807  por doctorgauna
 
Hola a todos: Tengo varias dudas en relación a los trámites que deben seguirse en un accidente laboral. Pero voy al grano. A mi cliente le dan el alta en la art. Ellos mismos lo operaron y ahora mi cliente sufre graves dolores (lo operaron de los meniscos). En ésta semana le dan los puntos de incapac (si es que se los dan).
La pregunta es la siguiente: ¿Debo necesariamente enviarlo a la Superintendencia, es decir a la comision médica, para que lo examinen? ¿No podría iniciar directamente el reclamo en seclo con soporte en las inconstituc de la L.R.T? ¿Es recommendable o me puede jugar en contra?. Todas éstas inquietudes surgen por la simple razón que mi cliente (cómo el resto de los trabajadores) debe padecer todas las trabas burocráticas que la superinten presenta sumado al hecho de que en el formulario que tenés que presentar te exigen un certificado médico que según entiendo debe ser realizado por un médico legista, ¿es así? . Lo cuál lleva al trabajador a realizar más erogaciones, es decir más trabas.
Espero sus comentarios colegas!!!
 #465882  por diegogvillamayor
 
si es que no estas conforme con lo que la art va a ofrecer, podes ir a seclo y plantear la inconst como decis. luego la demanda porque no suelen ofrecer nada en seclo.

saludos.
 #466406  por doctorgauna
 
Claro, pero la pregunta es ¿debo o no pasar por el tramite de la comision medica? ¿Qué recomiendan?
 #493292  por Colorada09
 
Doc., que respuesta encontraste a tu pregunta de pasar o no por comision medica??
 #493329  por diegogvillamayor
 
podes ir por comision medica o no, eso lo decidis vos.
en si nunca voy por la comision y demas, sino seclo, planteo inconstitucionalidad y listo. Demanda, porque en seclo las art no ofrecen casi nunca nada.

saludos.
 #493340  por Colorada09
 
Gracias Diego, estamos por dos vias de comunicación!
Yo estoy en Pcia de BsAs, asi que no tengo instancia conciliatoria previa. Directamente iria a juicio... Salteo entonces la comision medica con planteo de incosntitucionalidad del 21, 22 y 46, no es asi??
 #493376  por Claudialo
 
A mi me dijeron en una comisión médica que no es necesario la firma del médico legista, para solicitar que determinen ellos incapacidad.-Si le duele mucho a tu cliente, podrías plantar nuevamnete el reingreso por reagravamiento. Si vas a la comisión seguro piden el reingreso, porque para ellos -según personal dependiente de la comisón me dijo-, el dolor no genera más o menos incapacidad, sinó que lo único que logra el trabajdor es reingresar nuevamente.-
Podes ir directamnete a juicio en provincia planteando la inconstitucionalidad de la LRT. Pero acordate que esta es una demanda directa pero no autónoma, si o sí debes demnadar tambien al empleador, quien es el nexo entre el trabajadoor y la ART.-