Hola a todos: Tengo varias dudas en relación a los trámites que deben seguirse en un accidente laboral. Pero voy al grano. A mi cliente le dan el alta en la art. Ellos mismos lo operaron y ahora mi cliente sufre graves dolores (lo operaron de los meniscos). En ésta semana le dan los puntos de incapac (si es que se los dan).
La pregunta es la siguiente: ¿Debo necesariamente enviarlo a la Superintendencia, es decir a la comision médica, para que lo examinen? ¿No podría iniciar directamente el reclamo en seclo con soporte en las inconstituc de la L.R.T? ¿Es recommendable o me puede jugar en contra?. Todas éstas inquietudes surgen por la simple razón que mi cliente (cómo el resto de los trabajadores) debe padecer todas las trabas burocráticas que la superinten presenta sumado al hecho de que en el formulario que tenés que presentar te exigen un certificado médico que según entiendo debe ser realizado por un médico legista, ¿es así? . Lo cuál lleva al trabajador a realizar más erogaciones, es decir más trabas.
Espero sus comentarios colegas!!!
La pregunta es la siguiente: ¿Debo necesariamente enviarlo a la Superintendencia, es decir a la comision médica, para que lo examinen? ¿No podría iniciar directamente el reclamo en seclo con soporte en las inconstituc de la L.R.T? ¿Es recommendable o me puede jugar en contra?. Todas éstas inquietudes surgen por la simple razón que mi cliente (cómo el resto de los trabajadores) debe padecer todas las trabas burocráticas que la superinten presenta sumado al hecho de que en el formulario que tenés que presentar te exigen un certificado médico que según entiendo debe ser realizado por un médico legista, ¿es así? . Lo cuál lleva al trabajador a realizar más erogaciones, es decir más trabas.
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Viaje al fin de la noche... Louis Ferdinand Céline.-