Que tal? Mi pregunta es la siguiente, una pareja se casa hace exactamente dos años. Por lo que estuve leyendo en el código, para que proceda la separación personal por presentación conjunta deben tener 2 años de casados. Ahora si no es por presentación conjunta, es decir, si lo solicita uno de los cónyuges dice que tienen que haber pasado 2 años de cese de la convivencia. ¿Esto es así?.
Quiere decir que si o si tiene que presentarse conjuntamente en este supuesto (ahora en febrero se cumplen 2 años del matrimonio).
Muchas Gracias,
Anab.
Quiere decir que si o si tiene que presentarse conjuntamente en este supuesto (ahora en febrero se cumplen 2 años del matrimonio).
Muchas Gracias,
Anab.