Hola, aprovecho este tema para preguntar esto...tengo un juicio sumario en provincia en donde interpusimos excepcion de incompetencia (vamos por la demandada). despues de leer este post y de ver algo de jurisprudencia me parece que es carga nuestra pedir que se resuelva la excepcion porquue, segun lo que lei, se abre (con algunas de las excepciones) una instancia incidental...asique, creo que en mi caso, deberia impulsar el proceso (aun yendo por la demandada), y en el caso de ppppnn podria, bien fundamentado, rechazar la caducidad. Estan de acuerdo??
Aca va una jurisprudencia que encontre:
EXCEPCIONES PREVIAS. INSTANCIA INCIDENTAL. PROCEDENCIA O NO. DE PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO.
La oposición de excepciones previas abre una instancia incidental independiente del juicio principal, cuyo impulso compete al excepcionante (confr. Sala 1, causas 30.560/95 del 23.12.99 y 6240/00 del 20.5.03). En el mismo sentido se ha señalado que "la interposición de una excepción de previo y especial pronunciamiento genera un <>, que como tal constituye una instancia independiente de la principal en cuanto a su tramitación" (confr. Eisner Isidoro y otros, "Caducidad de instancia", p. 133). No es posible considerar que en todos aquellos casos en que el demandado opone una excepción o defensa se genera esa instancia incidental, y en tal sentido conviene destacar que en los textos citados se hace específica referencia a las llamadas excepciones previas o de previo y especial pronunciamiento. Falcón agrega precisiones en este terreno, al afirmar que corresponde determinar en cada caso si al planteo formulado se le imprime un trámite independiente o no, añadiendo que si se opone una defensa o una excepción propiamente dicha -articulaciones que la doctrina denomina generalmente excepciones perentorias- el incidente de excepciones no abre una instancia nueva, porque su resolución va a ir sobre el fondo del pleito, es decir que va a continuar la instancia principal (confr. Falcón, Enrique, "Caducidad o perención de instancia", 2° ed., p. 82/83).
Dra. Marina Mariani de Vidal - Dr. Mario Hugo Lezana - Dra. Maria Susana Najurieta.
10.004/02. CACCIA ALBERTO OSCAR Y OTROS C/ ESTADO NACIOAL - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y OTROS S/ PROCESO DE CONOCIMIENTO. 16/11/04
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal.
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