Hola foristas, tengo el siguiente problema:
Una señora cobra una pensión graciable por IPS y luego a la muerte del marido comienza a cobrar en ANSES la pensión derivada. Al cruzar datos entre ambos organismos le dan de baja la graciable. Esta señora consulta y le explican que es por ese motivo y esto sucedió en Junio de 2005. El tema es el siguiente la señora ahora debe vender una propiedad y le salta una inhibición del IPS debido lo cual yo debo solicitar el levantamiento del mismo a fin de que esta mujer pueda escriturar. Quisiera saber si por el período donde cobro dos (2) pensiones (la graciable IPS y la derivada ANSES) actualmente es una deuda en IPS y por otro lado saber cual es la prescripción, si es diez años (4023 CC) o de cinco años (4027) porque la superposición de cobro ha sido entre Agosto de 2004 y Mayo de 2005, si es decenal deberá pagar toda la deuda con intereses, si es de cinco años solo de febrero de 2005 a mayo 2005 inclusive,
Desde ya gracias, agradezco su ayuda ya que no hago previsional
Juan Martín
Una señora cobra una pensión graciable por IPS y luego a la muerte del marido comienza a cobrar en ANSES la pensión derivada. Al cruzar datos entre ambos organismos le dan de baja la graciable. Esta señora consulta y le explican que es por ese motivo y esto sucedió en Junio de 2005. El tema es el siguiente la señora ahora debe vender una propiedad y le salta una inhibición del IPS debido lo cual yo debo solicitar el levantamiento del mismo a fin de que esta mujer pueda escriturar. Quisiera saber si por el período donde cobro dos (2) pensiones (la graciable IPS y la derivada ANSES) actualmente es una deuda en IPS y por otro lado saber cual es la prescripción, si es diez años (4023 CC) o de cinco años (4027) porque la superposición de cobro ha sido entre Agosto de 2004 y Mayo de 2005, si es decenal deberá pagar toda la deuda con intereses, si es de cinco años solo de febrero de 2005 a mayo 2005 inclusive,
Desde ya gracias, agradezco su ayuda ya que no hago previsional
Juan Martín