Estimados Colegas y Foristas: Mi pregunta es la siguiente: para patrocinar a un cliente en la jurisdicción de un juzgado de Paz Letrada (por ej: Pringles en la Provincia de Buenos Aires) SI O SI TENGO QUE HACER EL PODER ANTE UN ESCRIBANO PUBLICO O PUEDO (PARA ABARATAR COSTOS) HACER UN PODER Y HACER CERTIFICAR LA FIRMA DEL CLIENTE ANTE EL SECRETARIO DEL JUEZ DE PAZ LETRADA? Gracias!!
no! el poder para juicio se hace por escribano pco.
si no lo haces, trabaja con patrocinio letrado, pero no podes certificar firmas del poder en el juzgado de paz, al menos en el que yo trabajo no lo hacen!! (curro para los escri! jajaja)